LA PATRIA | MANIZALES
Las cuentas del vencimiento de términos eran tan claras que nadie apeló la decisión de dejar en libertad a dos de los seis implicados en el robo de $2 mil 500 millones a una sucursal de Bancolombia, en Manizales, hace dos años.
Un juez con función de control de garantías señaló que Adrián David Díaz Martínez, quien sería el cerebro del multimillonario hurto, y Luis Alberto Aguirre Arboleda, un mesero del restaurante Don Ramón, pasaron 260 días privados de la libertad sin que se iniciara la audiencia de juicio oral.
De manera adicional, accedió a la solicitud del representante del banco, como víctima, de compulsar copias a la Fiscalía para que investigue una presunta falsedad, tras una respuesta a un derecho de petición que presentó la defensa de los acusados ante el Juzgado Cuarto Penal del Circuito, que tiene a cargo el caso.
Hace un año
Aunque la captura y envío a prisión se dio el 29 de agosto del año pasado, la cuenta para el vencimiento de términos se inició el 30 de noviembre, fecha en que la Fiscalía presentó el escrito de acusación.
Desde ese momento el juzgado de conocimiento tenía 120 días para agotar el resto de etapas e iniciar dentro de los mismos la audiencia de juicio oral. Esos tiempos dejan de correr cuando sea la defensa o los acusados quienes retrasen diligencias.
Sin embargo, en este caso, el juez que atendió la solicitud de libertad indicó que no hubo aplazamientos ni dilaciones por cuenta de la defensa, la Fiscalía ni del representante de víctima.
En este sentido, atendió el planteamiento de la defensa, que el pasado martes, cuando se inició la audiencia precisó que para ese día los detenidos cumplían 256 días privados de la libertad.
Derecho de petición
Una respuesta a una solicitud por escrito que presentó el abogado Rafael Mejía Guevara, defensor de Díaz Martínez, ante el juzgado de conocimiento, sería para el banco la evidencia de una posible falsedad.
El oficio de respuesta fue leído en la diligencia. En el mismo se indicaba que las fechas de realización de las audiencias fueron concertadas con las partes.
Sin embargo, las partes desmintieron parcialmente esta respuesta. Manifestaron que las fechas de la formulación acusación y en la que se realizó la preparatoria fueron fijadas por el juzgado sin consultar a nadie.
Enfatizaron que el riesgo del vencimiento de términos comenzó cuando se fijó la fecha para audiencia de formulación de acusación tres meses y cuatro días después de presentado el escrito, para el caso de Aguirre Arboleda; y tres meses y cuatro días, para Díaz Martínez. Se realizaron el 4 y 6 de marzo, respectivamente.
Faltaban 24 y 26 días, respectivamente, para vencerse los términos. La preocupación aumentó porque posterior a la audiencia de acusación la juez advirtió de un posible impedimento. Finalmente el Tribunal Superior declaró infundado el mismo y reintegró el expediente al despacho.
Aún faltaba una audiencia preparatoria, la cual fijó el juzgado para el 8 de julio. En ese momento el tiempo ya corría a favor de los acusados. La semana pasada la defensa solicitó audiencia de libertad. El juez de garantías le dio la razón y la ordenó de forma inmediata.
Esto no implica que se haya tomado una decisión de fondo en la investigación penal, sino que los acusados estarán libres mientras continúa el proceso. Será un juez de la República el que al final del juicio oral (ver recuadro), determine si los condena o los absuelve. Por este caso hay seis señalados: dos libres, tres en la cárcel (un espera sentencia tras aceptar cargos) y una testigo protegida, quien asumió responsabilidad.
El juicio
Las fechas previstas para el juicio oral son del 15 de octubre al 1º. de noviembre, pero la posible investigación a la juez podría generar, ahora sí, la pérdida de competencia para conocer del caso y en consecuencia quedaría en manos de otro juzgado, que probablemente, y de acuerdo con su agenda, establezca otras fechas.
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