LA PATRIA | MANIZALES
Videos de cámaras de seguridad, entrevistas e informes periciales le permitieron ayer a la Fiscalía acusar a alias Moreno por ser el presunto responsable de asesinar a Saida Johana Giraldo Castañeda, en la noche del 20 de junio pasado, a un costado del velódromo de la U. de Caldas.
La audiencia se desarrolló en el Palacio de Justicia, hasta donde llegó el hoy acusado, escoltado por el Inpec. Está privado de la libertad en la cárcel La Blanca de Manizales. Al lugar también arribó la familia de Saida Johana.
Aunque se creía que iba a ser acusado por feminicidio, no se logró demostrar que el crimen haya ocurrido por su condición de mujer.
Por eso, la Fiscalía lo señaló por homicidio agravado, teniendo en cuenta que fue un crimen cometido con sevicia y que se aprovechó del estado de indefensión de la víctima. Por este delito le esperarían entre 33 y 50 años de prisión.
Pruebas
La audiencia preparatoria al juicio oral quedó fijada para la segunda semana de noviembre. Allí la fiscal mostrará las pruebas que recogió. Entrevistas y documentos sirvieron como prueba para señalar que el presunto responsable del crimen es Moreno, quien tiene un antecedente por violencia intrafamiliar, en el 2017. Conversaciones en Messenger, que sirvieron también como prueba, dieron cuenta del comportamiento violento del capturado.
Videos de las cámaras de seguridad demostraron que en la noche del homicidio el sujeto sí deambuló por el lugar en donde encontraron a Saida. En entrevista, cuatro personas reconocieron por fotografías al hombre y aseguraron que había merodeado por allí.
La mujer, de 33 años, era reconocida en el sector. La llamaban Johana o la Rola. Día tras día deambulaba por la pista y por la comuna Palogrande y se dedicaba a hacer malabares en el semáforo de la calle 62 con Avenida Paralela.
No se descarta
Aunque fue acusado por homicidio agravado, la Fiscalía recoge más pruebas para saber si el crimen se configura como feminicidio.
No siempre es feminicidio, hay algunas condiciones:
Tener o haber tenido una relación familiar, íntima o, de convivencia con la víctima. De amistad, de compañerismo o de trabajo y ser perpetrador de un ciclo de violencia física, sexual, psicológica o patrimonial que antecedió al crimen.
Ejercer sobre el cuerpo y la vida de la mujer actos de instrumentalización de género o sexual o acciones de opresión y dominio sobre sus decisiones vitales y su sexualidad.
Cometer el delito en aprovechamiento de las relaciones de poder ejercidas sobre la mujer, expresado en la jerarquización personal, económica, sexual, militar, política o sociocultural.
Cometer el delito para generar terror o humillación.
Que existan antecedentes o indicios de cualquier tipo de violencia o amenaza en el ámbito doméstico, familiar, laboral o escolar, o de violencia de género cometida por el autor contra la víctima, independientemente de que el hecho haya sido denunciado o no.
Que la víctima haya sido incomunicada o privada de su libertad.
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