La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que los jueces y notarios no pueden negarse a realizar uniones de parejas del mismo sexo.
Tras una votación de seis magistrados a favor de la ponencia de Alberto Rojas Ríos, y tres en contra, la Corte estableció que el matrimonio entre dos personas del mismo sexo debe tratarse en condiciones similares a como se adelanta una unión entre parejas heterosexuales.
En su ponencia el magistrado Rojas Ríos indicó que a todo ser humano le asiste el derecho a contraer matrimonio sin discriminación.
La determinación de la Corte se produce luego de que hace unas semanas fuera derrotada la ponencia del magistrado Jorge Pretelt, que consideraba que el matrimonio solo podía corresponder a un hombre y a una mujer y que era el Congreso el que debía regular las uniones diversas.
En su pronunciamiento ante la Sala Plena Rojas había indicado que la ponencia de Pretelt era una oportunidad perdida para remediar una situación de discriminación secular contra una minoría sexual en Colombia, en términos de dignidad humana, libertad e igualdad para contraer matrimonio en las mismas condiciones que usualmente lo celebran las parejas heterosexuales.
En los próximos días se publicará el texto definitivo de la sentencia con la cual se materializará la igualdad de derechos para la comunidad Lgbti en Colombia.
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