Bogotá. Un fallo de tutela de la Corte Constitucional favoreció a las comunidades indígenas Cubeo-Sikuani y a los campesinos habitantes de las veredas del Porvenir y Matarratón en el municipio de Puerto Gaitán, Meta, y ordenó crear una mesa de trabajo para resolver un viejo litigio de titulación de terrenos baldíos.
En la tutela, las comunidades alegaron que están ubicados allí desde 1960 y que han visto afectada su permanencia porque primero, en 1979, le fueron tituladas 27.000 hectáreas al esmeraldero Víctor Carranza, y luego, en 1992, a 27 personas que englobaron el terreno a cinco grandes haciendas. Luego, en 2014, el Incoder revocó dicha titulación por ilegal y determinó que los terrenos eran baldíos de la Nación.
La Corte determinó que a pesar de esa revocatoria, la situación de los campesinos no ha cambiado, por lo que las comunidades, el Incoder, la Agencia Nacional de Tierras, la Unidad de Tierras, la Unidad de Víctimas, entre otras entidades, deben fijar un plan para censar a la población que está en dichos terrenos y definir a quienes se les puede adjudicar alguno en virtud de la Ley 160 de 1994.
La Corte advirtió “al Incoder acerca de su obligación de evaluar los requisitos de reforma agraria, de manera que no se imponga a los peticionarios una carga que no puedan cumplir por negligencia y corrupción estatal. Es decir, debido a la permisión del Estado a la apropiación de El Porvenir por parte de un actor privado poderoso, en perjucio de un amplio número de familias campesinas, según los hechos descritos en esta providencia”.
Además, se ordenó a la Unidad de Restitución de Tierras continuar el proceso de microfocalización iniciado en torno a los predios de El Porvenir, con el fin de determinar quiénes son los miembros de la población campesina que poseen derechos en el marco específico de la Ley de Víctimas y restitución de tierras e impulsar hasta su culminación los procesos judiciales a que haya lugar.
La Corte también ordenó remitir copias de este proceso a la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República y la Superintendencia de Notariado y Registro, para que adelanten las investigaciones que estimen pertinentes.
Ahora bien, de acuerdo con la Corporación Jurídica Yira Castro, que la orden de adjudicar los predios reclamados por las familias suspende “la conformación de la Zidres que el gobierno nacional había decretado sobre esa zona unos meses atrás, hasta que no se resuelva la adjudicación a indígenas y campesinos, entre otros aspectos allí consignados”.
La Corporación anunció que hará seguimiento al cumplimiento de las órdenes proferidas, en tanto que celebró este fallo como una buena noticia a la comunidad campesina del Porvenir y a los indígenas Cubeo-Sikuani.
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