Si no recoge los excrementos que su perro hace en la calle o en zonas verdes, se expondrá a pagar $98 mil 362, o si no quiere bajarle al volumen excesivo de su fiesta la cifra subirá a $393 mil 449. Ya pasaron los seis meses de comparendos pedagógicos del Código de Policía y Convivencia y desde hoy se inicia el cobro de multas económicas.
Este Código es la Ley 1801 del 2016 y dispone que la convivencia es la interacción pacífica, respetuosa y armónica entre las personas, con los bienes y con el medio ambiente.
181 mil 522 comportamientos indebidos, que sanciona el Código, reportaron las autoridades hasta ayer en el país. El promedio diario fue de mil 3.
El general Jorge Rodríguez, director de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional, aseguró que los comportamientos más recurrentes fueron consumir bebidas alcohólicas en espacios públicos con 34 mil 486 sanciones; portar armas o elementos cortopunzantes con 18 mil 472, generar riñas en espacio público con 13 mil 633 y realizar necesidades fisiológicas en espacio público con 10 mil 342 casos.
En Manizales
Según la Secretaría de Gobierno de Manizales, el reporte de la Policía Metropolitana es que en los seis meses de vigencia pedagógica del Código, impusieron 2 mil 523 comparendos, motivados principalmente por consumir sustancias alucinógenas y alcohólicas en vía pública (764), portar armas blancas (561), protagonizar riñas o incitaciones a confrontaciones violentas (229), portar sustancias prohibidas en espacios públicos (184) y hacer necesidades fisiológicas en vías públicas (45).
Al terminar la fase pedagógica, el general Rodríguez dijo que espera que los comportamientos irregulares de los colombianos cesen. Recordó las multas económicas a las que se enfrentarán los ciudadanos en caso de incurrir en faltas graves de convivencia, que se empezarán a cobrar en todo el territorio nacional desde hoy.
Tipo 1: Se refieren a aspectos como no recoger el excremento de las mascotas o dejarlos abandonados, y por lo cual el propietario del animal podría verse en la obligación de cancelar $98 mil 362. Un monto similar será impuesto a quienes obstruyan, por cualquier medio, las ciclorrutas o dificulten la movilidad de los ciclistas o a quienes no presten el servicio de baño a niños, mujeres en evidente estado de embarazo y ancianos.
Tipo 2: Generar o participar en riñas, peleas o confrontaciones violentas, acarreará pagos por $196 mil 724. En este mismo rango están amenazar con causar daño físico; porte ilegal de armas cortantes o de fogueo en espacio público; permitir que los niños sean tenedores de animales altamente peligrosos; comprar, alquilar o usar equipos móviles que hayan sido hurtados; trasladar caninos de raza peligrosa sin bozal y correa; consumir bebidas alcohólicas en espacio público; irrespetar a agentes de policía, y hacer dibujos vandálicos en espacio público o grafiti en lugares no autorizados.
Tipo 3: Se refieren a personas que realicen actividades con ruido excesivo en fiestas, reuniones o eventos que generen molestias de impacto auditivo en el vecindario. También quienes pretendan alterar las redes de los servicios públicos. Tendrán que pagar $393 mil 449. De igual manera, quienes cometan actos sexuales en vía pública, quienes tengan por mascotas a animales silvestres.
Tipo 3 especial: A quienes fijen en la calle avisos, pancartas, pendones u otras piezas publicitarias no autorizadas les será impuesta esta multa que va entre $1 millón 106 mil 575 y $29 millones 508 mil 680.
Tipo 4: Serán impuestas a quienes hagan necesidades fisiológicas en espacios públicos. El infractor deberá pagar $786 mil 898 pesos. Por esta misma suma deben responder quienes arrojen basuras o escombros en el espacio público o en bienes de carácter público privado, quienes saquen la basura en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio, quienes realicen quemas o incendios; arrojen basuras o escombros a las alcantarillas; fabriquen, transporten y usen pólvora, y hagan mal uso de la línea de emergencias 123.
Si alguien recibe un comparendo, puede ingresar a la página web de la Policía www.policia.gov.co para verificar qué tipo de multa le fue impuesta. Después, debe acudir a la inspección de policía o casa de justicia más cercana, portando el documento de identidad y el comparendo que le impusieron. Allí podrá agendar la cita para el curso pedagógico o actividades comunitarias de convivencia, en caso de que la sanción sea condonable, como son las de tipo 1 y 2.
Si tiene una objeción sobre su infracción, tiene tres días hábiles para objetar la medida.
Sino ha pagado un mes después del comparendo, empiezan a correr intereses de mora y cobro persuasivo. Además es reportado al Boletín de Reponsables Fiscales de la Contraloría.
Sino ha pagado seis meses después del comparendo, no podrá obtener o renovar el permiso de tenencia o porte de armas, ser nombrado o ascendido en cargo público, ingresar a las escuelas de formación de la fuerza pública, contratar o renovar contratos con cualquier entidad del Estado, obtener o renovar registro mercantil.
Para denunciar una infracción al Código, llame a la línea 123 y reporte. Una patrulla de la Policía debe atender el llamado, mediar entre las partes para corregir el comportamiento y aplicar la multa a los involucrados. Por ejemplo, en el caso de exceso de ruido, de no ser acatada la solicitud de las autoridades de forma inmediata, la Policía podrá desactivar temporalmente la fuente de ruido y señalar una multa a través de un comparendo e incluso ordenar que cese la reunión que altera la tranquilidad.
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