LA PATRIA | MANIZALES *
De la noche a la mañana cambió el panorama de la disputa minera en Marmato. El lunes se conoció una demanda que interpuso Gran Colombia Gold contra la Nación por 700 millones de dólares, unos $2 billones, debido a los problemas que enfrenta para explotar las minas de Marmato (Caldas) y Segovia (Antioquia).
Ante el reclamo de la multinacional por la demora de la Agencia Nacional de Minería y las alcaldías respectivas, para resolver los amparos administrativos que ha solicitado por años, el secretario de Gobierno de Caldas, Carlos Alberto Piedrahíta Gutiérrez, manifestó que la única opción era desalojar las 34 minas que pertenecen a Minería y Minerales Andinos de Occidente S.A., filial de Gran Colombia Gold, y llamó la atención al alcalde de Marmato para que acatara esa orden nacional.
Ayer la Corte Constitucional falló una tutela que presentaron cuatro mineros contra la Alcaldía de Marmato, la Agencia Nacional de Minería y la multinacional. El alto tribunal, además de suspender la orden de desalojo, ordenó al Ministerio del Interior a celebrar una consulta previa.
La tutela, que presentaron Orlando de Jesús Ramírez, Jaime Arturo Ramos Ortiz, José Dumar Vélez y Carlos Arturo Botero Gaviria, buscaba la protección de sus derechos que consideraban vulnerados debido al contrato de concesión 014/89 que Gran Colombia Gold obtuvo.
Los mineros alegaban que la Ley 66 de 1946 dividió el Cerro El Burro para que la parte alta fuera explotada por los mineros artesanales y la baja por empresas, pero que Minería y Minerales Andinos de Occidente S.A. estaba desestabilizando el cerro y perjudicando su trabajo.
Los mineros se asociaron en el 2011, y en el 2014 fueron notificados del cierre y la orden del desalojo de la mina tradicional Villonza, ubicada en el Cerro El Burro, a través de la resolución Nº. 751 del 01 de septiembre de 2010 expedida por la alcaldía de Marmato. Dicha resolución resolvió un amparo administrativo dentro del título minero número CHG-081 y se ordenó el desalojo de quienes "perturbaban" la exploración de la mina.
El caso llegó a los estrados judiciales y, de hecho, tuvo en julio del 2015 un fallo de la Corte Constitucional favorable a los mineros. Ordenó a Gran Colombia Gold suspender los trabajos de explotación minera, por considerar que vulneraron el derecho fundamental a la consulta previa de la comunidad indígena Cartama y la comunidad afrodescendiente Asojamar.
Sin embargo, en diciembre del 2015, la Sala Plena de la Corte Constitucional anuló esta sentencia del magistrado Jorge Ignacio Pretelt, al indicar que no se vincularon en el proceso a algunas personas que aunque tenían título minero, no pudieron ejercer su derecho de defensa.
Ayer, el alto tribunal volvió a fallar el caso y nuevamente lo hizo a favor de los mineros artesanales. Por eso, suspendió en primer lugar la orden de desalojo.
Esto, para que se realice una consulta previa con los miembros de la comunidad indígena Cartama y de la comunidad afrodescendiente Asojomar que se han dedicado a la minería artesanal e informal en la mina Villonza.
Dicha consulta la deberá hacer el Ministerio del Interior y en ella tendrán que participar las personas que interpusieron la tutela y las otras comunidades que ejercen la actividad de minería tradicional, artesanal e informal en dicha mina.
Así lo decidió la Corte al avalar con una votación de 5-3, la ponencia del magistrado saliente Luis Ernesto Vargas Silva. El proceso deberá estar acompañado por la Defensoría del Pueblo.
Reacciones
El secretario de Gobierno, Carlos Alberto Piedrahíta Gutiérrez, indicó que están atentos a acompañar la consulta popular. "Hay que hacer claridad que este fallo ratifica lo que hemos venido diciendo constantemente: al tema minero le ha falta una política de formalización".
El alcalde de Marmato, Julio Vargas Chica, sostuvo que gracias a Dios salio fallo a favor de los mineros. "Teníamos la
esperanza de que la decisión de la Corte Constitucional fuera a favor de los marmateños, porque esas empresas cuando entraron al municipio lo hicieron sin consulta previa. Como mandatario estoy a disposición de acatar cualquier fallo".
Mario Tangarife, vicepresidente de la Asociación de Mineros Tradicionales, aseguró que la Corte sencillamente les dio la razón como ya lo había hecho en el 2015. "Los títulos obtenidos por la multinacional fueron ilegales, atropellando al pueblo, nunca nos tuvieron en cuenta. Recurrimos a la ley para impedir que se realice una explotación a cielo abierto. Rechazamos la presión del gobierno departamental al alcalde de Marmato, a través del secretario de Gobierno para que nos desalojara y cerrara 38 minas, si hubiera cedido a esa presión hubiera cometido un error".
Orlando de Jesús Ramírez Rincón uno de los cuatro accionantes sentenció que con el fallo se frena el atropello de la multinacional y se respetan 500 años de tradición minera.
Yamil Amar, presidente Comité Cívico Prodefensa Marmato, expresó que si quiera salió esa decisión, porque eso cambia todo el panorama. "Se pasa de una gran incertidumbre a una voz de aliento. Estamos muy satisfechos".
Ricardo Gómez Giraldo, gobernador (e) de Caldas, planteó la necesidad de tratar a Marmato como un caso especial. "Se debe entender que en este municipio existe en la parte alta una minería que aunque no es legal, sí es ancestral. Por esta razón, es necesario analizar cada caso con juicio y aprovechar esta situación para iniciar un diálogo social".
Dijo que desconoce oficialmente el actual fallo de la Corte, pero que si se plantea una consulta previa están dispuestos a colaborar en lo que sea necesario.
* Con información de Colprensa.
Destacado
La Consulta Previa es el derecho fundamental que tienen los pueblos indígenas y los demás grupos étnicos cuando se toman medidas (legislativas y administrativas) o cuando se vayan a realizar proyectos, obras o actividades dentro de sus territorios, buscando de esta manera proteger su integridad cultural, social y económica y garantizar el derecho a la participación.
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015