LA PATRIA | MANIZALES
Han pasado 15 años de ese amargo capítulo. Hoy, con 30 años, su vida es normal. Trabaja en una reconocida empresa del occidente de Caldas y la suerte le sonríe, pues disfruta, feliz, de la compañía de sus dos hijas. Ambas son su felicidad.
Atrás quedó su triste experiencia, en la que fue abusada sexualmente en una vereda de Riosucio. El responsable, Benjamín Hernández, paga 11 años y ocho meses de prisión por acceso carnal violento. La Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales confirmó la sentencia que emitió, el 31 de julio del 2012, el Juzgado Penal del Circuito de Riosucio.
Los hechos ocurrieron en el segundo semestre del 2000, en el paraje Alto Morón, de la vereda Quiebralomo (Riosucio), pero la denuncia se interpuso, por temor, solo el 2 de junio del 2009. A la residencia de la familia de la víctima de esta historia llegaron varias personas con capuchas, vestidas con prendas militares y portando armas de largo y corto alcance. Se identificaron como miembros de las Farc.
Luego, el supuesto comandante del grupo visitó en varias ocasiones esa casa. Iba solo, pero cubría su rostro.
Según el expediente, en cada visita separaba a los miembros de la familia y se encerraba en un baño con la víctima, de 15 años, con la excusa de hablarle en privado. La accedió carnalmente y luego la embarazó.
En principio no se conoció quién era el abusador, pero la víctima y una tía lograron identificarlo por las prendas de vestir y ciertos rasgos físicos: era Hernández, vecino de la vereda, a quien capturaron el 13 de marzo del 2011. En audiencia le dieron medida de aseguramiento.
"Las relaciones sexuales ocurrieron en un escenario de amenazas y de presión psicológica. Lo dicho por la joven no estaba huérfano de prueba. Al contrario, respaldado por abundante prueba testimonial e indiciaria, siendo varios los declarantes que dieron cuenta de la presencia del encapuchado en la residencia rural de esa familia y posterior asedio a la menor".
Se indicó que tres de los cuatro integrantes de esa familia se fueron de la vereda por las amenazas del sujeto.
"El acusado se valió del desamparo de la familia, pues el padre trabajaba y vivía en Marmato, e iba solo cada 15 días a la casa. La menor, añorando un buen futuro para su hija y ante el abandono de los suyos, intentó consentir la relación con el procesado para lograr apoyo, terminó trabajando con él, que por un tiempo portó la capucha. Luego descubrió que quien la embarazó fue su vecino, que era casado y mucho más mayor que ella. Eso no desdecía del carácter ilícito de los primeros encuentros sexuales".
La defensa del condenado apeló ante el Tribunal, pues consideró que la valoración probatoria fue sesgada: "Un análisis correcto permitía abstraer que la realidad fue que la joven entregó a voluntad su cuerpo y quiso tener una relación sentimental con el procesado, que fue incriminado por problemas entre las dos familias".
El Tribunal expresó que los encuentros sexuales se daban en el campo, lugar hasta el que no se extendía el brazo de protección de las autoridades, lo que fue determinante para que el delito se repitiera impunemente.
La Sala consideró que no es necesario denunciar de inmediato para dar credibilidad a un hecho. Además, que la víctima, ya con apoyo de la familia, no tenía necesidad de dar a conocer un caso en el que se vería expuesta al escarnio público y afectaría a su hija.
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