A Jhon Alexánder Ramírez Vidal, cabo primero del Ejército, lo condenó el juez Cuarto Penal del Circuito de Manizales a 17 años y cuatro meses de prisión por el homicidio de Juan Carlos Rendón, de 35 años, ocurrido el 18 de noviembre del 2010 en el barrio El Caribe.
Los primeros testimonios de vecinos de la calle 47G con carrera 12 D de este barrio indicaron que se escuchó un disparo y al asomarse vieron el cuerpo de Rendón tirado en el piso. Por medio de las investigaciones de la Fiscalía 21 Seccional, quien recolectó las pruebas suficientes para comprobar como Rendón, el hombre asesinado, recibió el disparo cuando le pusieron el arma contra la piel del cráneo, prueba que demostraba el estudio de la trayectoria de la bala.
Según un experto en balística de la Sijín el cuerpo aporta las mejores pruebas. En Medicina Legal se acomoda este en posición natural con las palmas de las manos para adelante y se divide por el vértice (conocido como corona). Después el cráneo también es dividido y allí se analiza como fue la trayectoria de la bala que para el caso de Rendón entró por la parte de adelante del cráneo y salió por debajo, situación opuesta a lo que hubiera sucedido si lo que dijo el cabo fuera cierto.
En su primera declaración a las autoridades el soldado profesional dijo que él caminaba en compañía de un primo rumbo a su casa, cuando los abordaron unos tipos. Estos pretendieron asaltarlos y, en medio del problema, el cabo se defendió y disparó el arma que cargaba contra Rendón.
No hubo forcejeo
Según el experto, una defensa personal indica en el cuerpo que hubo un forcejeo, morados producidos por golpes y esto regularmente pasa a una distancia pequeña. Pero, según lo indicado por la inspección del cadáver, la víctima recibió el disparo cuando se encontraba en una posición en la que no se podía defender, prueba que presentó la Fiscalía para demostrar la culpabilidad del cabo.
"En este caso, el cuerpo entregó las pruebas y los expertos pudieron comprobar que el cráneo tenía gran cantidad de residuos de pólvora por lo que se puede deducir que el disparo fue cercano. Los protocolos de necropsia a veces no entregan datos puntuales, por lo que hay que ir al sitio de la escena", dijo el investigador al pedirle una explicación científica sobre este caso.
Según el funcionario de la Dijín este pudo ser otro punto a favor de la investigación, pues la calle 47G con carrera 12 D está ubicada en una pendiente, lo que indica más puntualmente que el disparo fue de arriba hacía abajo.
En el momento de los hechos el condenado se encontraba con un primo, pero en las indagatorias este le dijo a las autoridades que no se había percatado cómo fueron los hechos, ya que iba más adelante. "Cuando sucede que los testimonios no son claros, el investigador se cuestiona y debe optar por reconstruir los hechos".
Para casos parecidos a este, las autoridades primero hacen un análisis del cuerpo teniendo en cuenta los orificios de entrada y salida de la bala, después entrevistan a testigos y hacen la reconstrucción de los hechos, si el homicidio fue en la noche o en el día, la reconstrucción se hace a esa hora.
El juez al ver todas las pruebas presentadas por la Fiscalía y analizar los estudios de balística prácticamente tumbó el alegato inicial del cabo profesional del Ejército. En la audiencia de lectura de sentencia dijo que se descartaba la legítima defensa porque el soldado de manera injusta cegó la vida de un ser humano, por lo que lo condenó a 17 años y cuatro meses de prisión.
*Con información del periódico Q'hubo.
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