LA PATRIA| MANIZALES
A una mujer, procesada por extorsión agravada tentada la absolvieron en dos instancias porque no se demostró el dolo. De acuerdo con el escrito de acusación, entre el día 16 y 18 de
enero del 2016, una señora de Aguachica fue objeto de llamadas telefónicas a través de las cuales su interlocutor le realizaba exigencias económicas bajo la idea de que se trataba de una colaboración obligatoria que debería realizar a favor del grupo paramilitar Los Urabeños, con ocasión de la compra de medicamentos para heridos. Igualmente le manifestó que si no cumplía con el envío de este dinero atentaría contra su vida y la de su familia.
Le pidieron $800 mil por medio de una empresa de giros, a nombre de la procesada, a quien la afectada solo pudo consignarle $300 mil. Posteriormente la volvieron a contactar para que enviara la cantidad de dinero restante, so pena de cumplir lo prometido. Le mandó $50 mil más. Luego la mujer acudió al Gaula de Aguachica, que se comunicó con su similar de Manizales, tras determinarse que el dinero iba a ser retirado en esta ciudad. Hicieron un operativo y la aprehendieron con el dinero y recibo en mano, el 19 de enero del 2016. Quedó libre y luego la declararon inocente, por dudas, pues no hubo pruebas claras que la vincularan con lo sucedido. Además, la víctima siempre dijo que las llamadas fueron de un hombre.
La conducta es dolosa cuando el agente conoce los hechos constitutivos de la infracción penal y quiere su realización. También cuando la realización de la infracción penal ha sido prevista como probable y su no producción se deja librada al azar”.
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