
LA PATRIA| MANIZALES
A Cristian Camilo Yepes Betancur lo absolvieron, en dos instancias, del señalamiento que por lesiones personales culposas le atribuyó la Fiscalía.
La representación de la víctima apeló el primer fallo emitido por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Chinchiná, pero este se mantuvo
Según el escrito de acusación, el 20 de febrero de 2015, en la calle 13B, entre carrera 7 y 8, del municipio cafetero, colisionaron dos motocicletas. En una iba Cristian Camilo Yepes Betancur y en la otra Diana Yolanda Pinzón, quien cayó al suelo, se lesionó y le dieron 25 días de incapacidad y le dictaminaron deformidad física que afectó el cuerpo de carácter permanente.
El 22 de diciembre de 2015, ante la Fiscalía Segunda Local de Chinchiná, se adelantó la conciliación, que resultó fallida.
El juicio contra el hombre terminó con sentido del fallo absolutorio el 17 de octubre de 2019, pues se demostró que la señora resultó herida, pero no que Yepes Betancur fuera el culpable del siniestro, tras las declaraciones rendidas por los directos involucrados y los testigos.
“No se logró determinar cuál de las crónicas resistía mayor credibilidad, quedando en suspenso establecer la identidad del causante”. Por duda prevaleció la presunción de inocencia del afectado.
Manejar de forma defensiva va directamente enfocado a salvar vidas. Normalmente, cuando conducimos un vehículo, estamos expuestos al comportamiento de los demás y de las condiciones del entorno. Por eso es importante que el conductor este consciente de que las decisiones que va a tomar sean seguras y legales. Debe evitar estados de estrés con cortesía y cooperación.
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