LA PATRIA | MANIZALES
Pese a que la Fiscalía 13 seccional Caldas presentó recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia (CJS), junto las familias de las víctimas de la tragedia del barrio Cervantes, donde pidió condenar a los implicados, Javier Fernández Cárdenas Pérez, fiscal Tercero delegado ante la CSJ dijo lo contrario y solicitó no casar. Es decir, absolver a los exfuncionarios de Aguas procesados en este caso: Álvaro Andrés Franco Valencia, Sebastián Henao Arango y Diana Lorena Gómez Zuluaga, como ya ocurrió en primera y segunda instancia.
La claridad la hizo Rafael Mejía Guevara & Abogados, defensor de estas personas, tras el artículo del pasado sábado de LA PATRIA.
"La Fiscalía hizo una severa crítica a las demandas de casación y solicitó a la CSJ no casar ninguna de ellas", anotó.
Del fiscal delegado
En su pronunciamiento, el fiscal delegado expresó, entre otras cosas, lo siguiente:
*"Considero que el cargo fue mal enfocado, dado que la causal primera hace relación es a la falta de aplicación, aplicación indebida o interpretación errónea de la ley, y no a falso juicio de existencia por omisión de la prueba".
"El cargo debió ser desarrollando de manera precisa, en el entendido de puntualizar cuál o cuáles fueron las pruebas omitidas e indicar su trascendencia. Esto es demostrando que si los juzgadores de instancia no hubieran cometido cada uno de los errores indicados, necesariamente el sentido del fallo habría sido otro".
*"La censora realiza un deshilvanado alegato de instancia, en el sentido de que no guarda coherencia sobre cuál es la causa de la tragedia, pues en un principio apunta a sostener que el desastre se produjo merced a la falta de mantenimiento del acueducto por Aguas de Manizales S.A., luego que el acueducto había sido construido desde la década del 70 y que no se le habían instalado válvulas ventosa, lo que habría conllevado a que la presión del agua generara la explotación del tubo. Más adelante indicó que el mal estado del tubo había permitido fugas de agua".
*"La razón por la que las instancias absolvieron es mucho más potísima y es porque observaron que las partes e intervinientes (fiscalía, defensa y víctimas), por separado, habían contratado personas de especiales calidades para que determinaran cuál había sido la causa eficiente y detonante de la tragedia y, no obstante la ardua labor realizada por cada una de las firmas de expertos, no lo pudieron demostrar".
*"Toda esta información fue la que llevó a los jueces a una conclusión sensata, en el sentido de que lo más probable es que la causa del desprendimiento del talud haya sido un hecho natural y no por descuido de la red del acueducto de la empresa Aguas de Manizales".
Así quedó
Piden condena: abogados de las víctimas y Procuraduría.
Absolución: defensores de los procesados y Fiscalía.
La tragedia fue el 5 de noviembre del 2011. Un derrumbe mató a 48 personas y le causó lesiones a otras 11. 17 viviendas quedaron sepultadas.
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