
LA PATRIA | MANIZALES
El motociclista Luis Felipe Serna Candamil no tuvo la culpa de la muerte del ciclista Harold Hernando Castaño Marín, de 63 años, ocurrida el 7 de septiembre del 2014, en el sitio conocido como la recta del Once, vía La Manuela-Chinchiná, a las 8:00 de la mañana.
Así lo estableció el Tribunal Superior de Manizales, al revocar la sentencia que dictó el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de esta ciudad, el pasado 13 abril, que lo condenó a 48 meses de prisión y le prohibió conducir durante 50 meses. La Fiscalía adujo que por la velocidad que llevaba el motociclista, y por avanzar por el carril izquierdo, transgredió las normas de tránsito. Por eso acusó a Serna Candamil.
El Tribunal avaló la tesis de la defensa del sentenciado, que demostró que el ciclista no frenó su avance para cruzarse, sino que siempre estuvo en marcha, haciendo así una maniobra imprudente. Además, portaba audífonos.
"El modo de conducir del ciclista que ha perdido la vida no era tan correcto ni tan ajustado a los cánones de tránsito vial. Está acreditado que segundos antes de ser arrollado comenzó un avance trasversal desde el carril derecho hacia el carril izquierdo. Se trató de un atravesamiento en búsqueda del separador de las calzadas", dijo la Sala.
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