LA PATRIA| MANIZALES
En estos momentos, frente a Carrataplán, salida de Manizales por la vía antigua a Chinchiná, reportan que un motociclista atropelló a un adulto mayor y se escapó del lugar. Organismos de socorro se dirigen al lugar. El peatón tiene sangrado abundante por la cabeza y está en regulares condiciones.
Cuando se atropella o lesiona a alguien con un vehículo, se incurre en lesiones culposas. Si el afectado muere, se habla de homicidio culposo. El delito se agrava cuando se causa en estado de embriaguez, bajo el efecto de sustancias alucinógenas o se abandona sin justa causa el sitio del accidente (fuga).
Para el homicidio culposo, según el artículo 109 del Código Penal, la pena mínima es de 32 meses y, la máxima, de nueve años. Se prohíbe conducir vehículos entre cuatro y siete años y medio.
Para las lesiones, depende de la gravedad de las heridas, que dictamina Medicina Legal. Por ejemplo, si produce deformidad permanente, la pena mínima es de 32 meses, pero queda en 6 meses y 12 días, porque el delito se comete de manera culposa (sin intención) y se rebaja las 4/5 partes.
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