LA PATRIA | MANIZALES
Fernando vive su propio karma. Sobre su consciencia no solo pesa el hecho de haber atropellado en su moto a Carlos Niño Quintero, de 75 años, sino que tras la muerte del adulto mayor se le vienen una serie de trámites que lo pondrán a subir y bajar escalas, como se dice popularmente.
Como la moto que conducía no tenía Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente (SOAT), el costo de la atención médica de Niño Quintero, entre las 4:30 de la tarde del viernes 22 de julio, día del hecho; y las 3:00 de la mañana siguiente, hora en que el señor falleció, la tendrá que asumir.
Pese a que no portaba SOAT, los gastos los cubrió el Fosyga, que luego se encargará de recobrarle al conductor. Además, Fernando podría afrontar un proceso judicial por homicidio culposo, pese a que la hipótesis es que la responsabilidad es compartida.
A enredos como estos se enfrentan los que no tienen sus papeles al día y se ven inmersos en accidentes. Ante los registrados en Manizales este año, LA PATRIA averiguó cómo estaban en documentación algunos vehículos, independiente de que la culpa hubiese sido o no del conductor, del del fallecido y/o del herido.
Se encontró, por ejemplo, que el 22 de julio pasado, en el sector de Gallinazo, cerca a los termales, un hombre de 20 años chocó en la moto que conducía contra una buseta de Gran Caldas. El joven no portaba SOAT ni técnico-mecánica. Además, quedó gravemente herido.
También se halló que en el accidente en moto del pasado 10 de marzo, en el que fallecieron Kevin Andrés Ortiz, de 20 años, y Mónica Lorena Ríos Osorio, de 23 años, frente al Hotel Carretero, el conductor no portaba licencia de conducción. La principal hipótesis fue exceso de velocidad, como lo contó este medio en su momento.
Ese mismo día, pero en el sector de Petaqueros, vía Manizales-Bogotá, dos menores, de 14 y 15 años, colisionaron en una moto contra un microbús de Empresa Arauca (ver infográfico).
La hipótesis de las autoridades es que los jóvenes invadieron el carril. El motociclista no portaba licencia, pues solo se puede tramitar desde los 16 años, para vías urbanas, y con un permiso firmado por los padres o responsables, para que exista el respaldo de un adulto para cubrir los gastos ocasionados en caso de accidente de tránsito.
Según corroboró este medio, los comparendos económicos han disminuido este año y se han incrementado los educativos, lo que no toca el bolsillo de los conductores. En el 2015, el promedio mensual era de 3 mil 99, este año, de mil 800. Entre enero y julio del año pasado fueron 21 mil 691 y, este, 12 mil 598 (ver Cifras de comparendos).
Un motociclista indicó que las autoridades les dijeron, en una reunión del año pasado en Minitas y Viveros, que les bajarían a los comparendos, que sería algo más pedagógico.
Un policía de tránsito, que no reveló su nombre, corroboró que sí bajaron las cifras de comparendos, pero es porque se enfocaron en las multas pedagógicas. Sin embargo, manifestó que con tanto accidente reciente y las muertes se volvió a los comparendos y a un mayor control.
En algunos grupos de Watshapp de motociclistas y conductores, donde avisan de retenes, se quejan por los operativos que les realizan, especialmente con radares de velocidad.
Un vocero del Centro de Experimentación y Seguridad Vial de Colombia (Cesvi) manifestó que una persona responsable tiene todo en regla, aunque la licencia no hace al conductor. "Es una actitud hacia la vida. Si es loco, no le importará renovar los papeles. La autoridad debe velar siempre por el cumplimiento de las normas y por la revisión de los documentos".
Este año, en Manizales, entre enero y julio ocurrieron mil 687 accidentes de tránsito, mil 667 en el mismo periodo del año pasado. Han muerto 30 personas: 13 peatones, 7 conductores de motos, tres parrilleros, tres pasajeros de carros, dos conductores de automotores y dos ocupantes de bicicleta. El año pasado, a la fecha, iba una cifra similar: 16 peatones, 7 conductores de motos, un parrillero, 5 pasajeros de carro, un conductor de vehículo.
Lo ideal es que estas cifras no aumenten y que los que salen de sus casas en vehículos o caminando, regresen sanos y salvos. Las familias los esperan.
Cuando se atropella o lesiona a alguien con un vehículo, se incurre en algo que se llama lesiones culposas. Si el afectado muere, se habla de homicidio culposo. Jorge Eliécer Osorio Ramírez, juez Penal del Circuito de Riosucio, le explicó a este medio cómo funciona eso.
Actualmente coexisten dos códigos de procedimiento penal: Ley 600 del 2000 para delitos cometidos antes del 1º de enero del 2005; y la Ley 906 de 2004 (Sistema Penal Acusatorio), para delitos cometidos después de esa fecha. En el primero, si se indemnizaba, existía una figura que permitía el archivo de los casos de homicidio culposo y lesiones personales culposas. En el segundo, no existe esa posibilidad.
El delito se agrava cuando se causa en estado de embriaguez, bajo el efecto de sustancias alucinógenas o se abandona sin justa causa el sitio del accidente (fuga). En esos casos, así haya indemnización, no puede archivarse. De no existir agravantes y sí indemnización, se acude ante el juez penal del circuito, si es homicidio culposo; o penal municipal, si son lesiones personales culposas, para que el fiscal delegado solicite la preclusión de la investigación y el archivo del proceso.
Para el homicidio culposo, según el artículo 109 del Código Penal, la pena mínima es de 32 meses y, la máxima, de nueve años. La multa, de 26,66 salarios mínimos legales mensuales vigentes y se prohíbe conducir vehículos entre cuatro y siete años y medio.
Para las lesiones, depende de la gravedad del resultado de las heridas, que dictamina Medicina Legal. Por ejemplo, si produce deformidad permanente, la pena mínima es de 32 meses, pero queda en 6 meses y 12 días, porque el delito se comete de manera culposa (sin intención) y se rebaja las 4/5 partes.
Lo que tarde un proceso por delito culposo (homicidio o lesiones) dependerá siempre del funcionario que por reparto conozca del caso y de la voluntad de terminar el proceso por una ruta anticipada. Por ejemplo, un fiscal con tanta carga laboral relega la resolución a que los interesados busquen conciliar o arreglar por sus propios medios. En caso contrario, se impulsa la investigación, imputa, acusa y espera a que el juez de conocimiento decida. Serían unos 18 meses.
Para presentar acusación, es necesario que la Fiscalía recopile suficientes pruebas para demostrar la probabilidad de que el conductor es el autor del hecho. No cualquier evidencia es relevante para acusarlo. Al iniciar un juicio, el ente acusador no puede improvisar, sino llevarle al juez ese convencimiento para lograr una sentencia condenatoria. Si la prueba es insuficiente, puede pedir la preclusión.
Si durante la etapa de investigación y conocimiento no se llega a un acuerdo indemnizatorio, y se profiere condena, la víctima tiene la oportunidad de acudir al incidente de reparación integral. Para eso cuenta con un mes después del fallo. Debe demostrar los perjuicios para que el juez la decrete y ordene su cancelación. Si la víctima es menor de edad, el incidente se inicia de oficio, sin que haya necesidad de solicitarlo.
Mes 2015 2016 Educativos 2016
Nota: Los comparendos educativos exigen un curso de dos horas. Si no se asiste, se paga una multa de $183 mil.
Este año han muerto en Manizales siete peatones atropellados por motos, todos adultos mayores.
71.478, las motos matriculadas en Manizales.
En Manizales, una persona tiene cuatro veces más probabilidades de morir en un accidente de tránsito que en España y Reino Unido, dijo Manizales Cómo Vamos, informe de calidad de vida 2016.
El desconocimiento de las normas, el exceso de velocidad, la imprudencia, no tener cuidado al cruzar la calle, dejar a los mayores solos en las vías. Los motociclistas son los primeros causantes de accidentes de tránsito.
La verdad, hemos hecho de todo. Primero, campañas educativas, enseñándoles, conscientizándolos, reuniéndolos, pero no notamos el cambio. Junio y julio se nos disparó en muertos y lesionados. No bajamos la medida de pedagogía, pero los comparendos serán permanentes. Aumentamos los operativos y los controles de velocidad con radares.
De todo. Hay moteros muy organizados, con los que nunca tenemos problemas. Son conscientes de que los paren, los controlen, les revisen las llantas. Otros son muy desorganizados, andan rápido, no respetan las normas, andan en zigzag y dicen que los perseguimos. Tratamos es de salvar sus vidas. Estamos para protegerlos, es nuestra obligación.
Yendo a las empresas donde trabajan conductores de motos, les mostramos videos, charlas, campañas con jóvenes que pagan servicio social, comparendos pedagógicos. Llevamos 6 mil motociclistas a Los Fundadores y a la pista del Bosque Popular. Seguiremos así. La legislación debe mejorar a la hora de otorgar una licencia.
La Federación de Aseguradoras de Colombia (Fasecolda), resolvió inquietudes de LA PATRIA sobre lo que pasa cuando alguien maneja sin SOAT.
En caso de accidentes de tránsito con vehículos no asegurados, las víctimas tendrán derecho a la misma cobertura que ofrece la póliza SOAT, pero la reclamación la efectuará el hospital ante el Fosyga, un fondo especial del Ministerio de Salud. Por no portar el seguro, el propietario del vehículo y el conductor responderán ante el Fosyga por ese costo de atención de la víctima.
Un vehículo que choca contra un poste y lesiona a cuatro personas, genera un costo de atención de $20 millones. El conductor y el propietario, por no tener el SOAT vigente, deberán pagar, además de la multa de tránsito y el costo del retiro del vehículo de los patios, esos $20 millones. El Fosyga mirará la forma de reclamación.
La cobertura del SOAT para atención médica es de hasta 800 salarios, es decir, cerca de $19 millones.
Si huye del lugar del accidente incurre en un delito. Además, asume los recobros.
Protege y atiende de manera integral e inmediata a todas las víctimas de accidentes de tránsito con movilización y transporte desde el sitio hasta la IPS; las atenciones médico-hospitalarias y las indemnizaciones por muerte, gastos funerarios e incapacidad permanente, hasta los límites estipulados por la ley, cuente o no con otros planes de salud.
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