Elizabeth R. Rojas
LA PATRIA | Manizales
La determinación de declarar inimputable (eximir de la responsabilidad penal) el pasado lunes a Ricardo Enrique González Tovar, por el Tribunal Superior de Manizales, es motivo de polémica.
González Tovar había sido sentenciado a 45 años de cárcel por asesinar a sus dos hijas, de 10 y 15 años, e intentar matar a su esposa, a quien apuñaló en 26 oportunidades. El caso ocurrió el 21 de junio de 2011 en Puerto Salgar (Cundinamarca).
Se conoció que el sujeto no estará en un centro de reclusión. Tendrá internamiento bajo estrictas medidas de seguridad en un establecimiento psiquiátrico que determinará el Inpec. Solo pagará 10 años o hasta cuando se establezca su rehabilitación. Un juez deberá solicitar informes trimestrales del acusado para continuar, suspender o modificar la medida.
Incapacidad
Rodrigo Córdoba, médico expresidente de la Asociación Psiquiátrica de América Latina, explicó cuándo un presunto delincuente -ayudado por el abogado defensor- no paga la condena que por ley corresponde y se ampara en su condición mental.
"La inimputabilidad es la incapacidad de un sujeto de comprender y determinar el alcance de sus actos. En ese sentido, todas las patologías que estén relacionadas con la pérdida del contacto con la realidad (las esquizofrenias o los transtornos psicóticos y los episodios maníacos)", dijo el especialista.
Córdoba lamentó que en la psiquiatría no se tengan marcadores (muestras biológicas) que permitan conocer a ciencia cierta el estado mental de un paciente. Argumentó que se trabaja a partir de criterios generales observando si tiene cambios en el comportamiento en una unidad de tiempo.
"Las personas que bajo los efectos del alcohol y las drogas cometan delitos, también pueden ser inimputables. Estos pueden padecer transtornos mentales transitorios. Una vez pasado el efecto, no vale. Esta condición tiene que demostrarse con exámenes", apuntó Córdoba.
Diagnóstico
El también psiquiatra Óscar Mauricio Castaño Ramírez expuso que es función de los especialistas del Instituto Nacional de Medicina Legal determinar la responsabilidad penal en un "paciente" al que se le declare inimputable después de un proceso.
"La conclusión llega después de hacer algunas entrevistas. Se evalúan los hechos, el comportamiento de la persona antes, durante y después del delito. Además se habla con testigos y conocidos de la persona", contó Castaño, profesional local.
Sobre la orden de salida de una institución mental que pueda tener la persona, Castaño mencionó que es un juez el que -tras recibir informes de un psiquiatra- decide si se deja en libertad al acusado. Resaltó que no se puede pasar por alto ningún comportamiento errático, ya que pueden reincidir.
¿Simulación?
José Norman Salazar, médico y abogado presidente del Colegio Médico de Caldas, explicó que la estrategia de la inimputabilidad es una herramienta que tienen los abogados para tratar de disminuir la responsabilidad penal de sus defendidos por la gravedad de la conducta que en algún momento adoptaron.
"El objetivo es que no paguen la pena completa y que obtengan beneficios. Pero que les sea aprobada la inimputabilidad es difícil, pues los psiquiátras están muy entrenados para detectar la simulación del paciente que evalúan", argumentó Salazar.
Manejo farmacológico
El psiquiatra Rodrigo Córdoba mencionó que el manejo farmacológico de los pacientes que se determinen inimputables se debe dar dentro y fuera de las instituciones de salud mental que los acojan.
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