Francisco Javier González Sánchez


Para nadie es un secreto que el Congreso de la República es uno de los órganos con mayor desprestigio en Colombia; es ese vecino maluco que uno sabe que está ahí pero que toca aguantárselo; antipático y ruidoso, bonachón, que nunca anda solo y que rueda en camionetas Toyota con vidrios polarizados para que nadie vea a quien lleva adentro. Es el responsable de que después de 30 años de expedida la Constitución Política no tengamos reforma agraria, ni estatuto del trabajo, ni aseguramiento de alimentos, ni agroindustria, ni educación de calidad, ni desarrollo de la cultura como fundamento de la nacionalidad. Pero la “tapa” la causó el intento de radicación el pasado 17 de marzo ante la Cámara de Representantes del proyecto de Ley 547 (ni siquiera acto legislativo) “Por el cual se unifican elecciones populares se modifican los períodos de las autoridades públicas y se dictan otras disposiciones”.
El “proyectico” pretende, o pretendía, modificar nada más ni nada menos que 20 artículos de la Constitución, ampliando caprichosamente y por arte de magia el período del presidente, vicepresidente, magistrados y de los propios congresistas hasta el 2024. El esperpento jurídico, que ha merecido todo tipo de epítetos, fue firmado por 22 “padres de la patria”, la mayoría de ellos conservadores. Caldas se hizo presente en el histórico momento, a través de las figuras de los representantes a la Cámara Félix Alejandro Chica Correa del Partido Conservador y Luis Fernando Gómez Betancurt del Partido Centro Democrático.
Para tratar de comprender este comportamiento antidemocrático, basta con mirar las características y perfiles que sobre ellos describió el diario local LP en la edición del domingo 11 de marzo de 2018. De Chica dijo: “No mide las consecuencias de sus actos en política (…) no es muy estudioso”. Y de Chano dijo: “Le gustan poco el estudio y la lectura. No es de debate, poco profundo”. Aunque resulte increíble, el artículo 177 de la Constitución Política exige que para ser representante a la Cámara sólo se necesita ser ciudadano en ejercicio y tener mas de 25 años, ni siquiera saber leer y escribir. Hace 200 años, con la Constitución de Cúcuta (1821) sí se exigía saber leer y escribir; leer en el sentido amplio de la interpretación y la comprensión de lo leído.
Urge, en consecuencia, establecer exigencias de mayor nivel para nuestros congresistas. ¿Cómo puede ser posible que estos señores sean quienes tienen la sagrada mision de hacer las leyes en Colombia? Si a los congresistas les hacen un examen básico de la Constitución, ¿usted cree que lo aprueban? Pero lo que resulta más preocupante es que los congresistas, a diferencia de los concejales y diputados, no trabajan solos; la Ley 5 de 1992, que es el reglamento del Congreso, establece en su artículo 388 que cada congresista contará para lograr una “eficiente labor legislativa” con una “unidad de trabajo legislativo” conformada maximo por 10 funcionarios y con una asignación máxima de 50 salarios para dicha unidad (unos 45 millones de pesos mensuales). Estos funcionarios son nombrados por el propio congresista quien además certifica el cumplimiento de sus funciones.
Si las Unidades de Trabajo Legislativo estuvieran conformadas por funcionarios de carrera y profesionales como en México, otras serían las leyes y proyectos de este país. Además de reformarse el reglamento del Congreso, debe hacerse lo propio con el artículo 41 de la Constitución, donde su estudio obligatorio que actualmente sólo recae en las institucione educativas, también cobije a los congresistas. Mientras tanto, qué les queda a Chica y Chano si no es disculparse.
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