Augusto Morales

Colombia funciona como Estado unitario (un solo sistema normativo, un solo Congreso, un Gobierno estrictamente jerarquizado, un mismo sistema económico, una justicia), ya se ha dicho, con la idea de convertirse, desde la Constitución de 1991, en un ‘Estado descentralizado’, organización político-administrativa que, en modo alguno, resquebrajaría la actual forma de organización estatal de república unitaria. La tendencia es entonces dotar a las entidades territoriales nuestras (Departamentos, municipios, distritos, especialmente) de plena autonomía administrativa y financiera. No perdamos de vista que el municipio es la unidad fundamental, básica o esencial de la organización estatal, está organizado como entidad territorial descentralizada, y es donde con mayor rigor se expresa la democracia, y por ende, se adoptan las principales decisiones que a él concierne.
La historia reciente de Colombia ha mostrado cierta tendencia segregacionista interna, tal como ha acontecido, por ejemplo, con el Departamento del Cesar, y más próximos a nosotros, con los departamentos de Risaralda y Quindío, pero ello dentro de un Estado unitario, y con cuya separación buscaron ‘independencia’ en el manejo de los asuntos propios, constituyéndose así en las nuevas entidades territoriales departamentales. Algo parecido ha ocurrido con muchos municipios.
En un Estado descentralizado se constituye en principio rector, la “autonomía”, ella de índole administrativa, pero allí no se concibe independencia, y menos aún soberanía; en este sentido, los Departamentos, los municipios y los distritos, son entes autónomos y no independientes o soberanos que el propio de los Estados.
En la Federación, que es la congregación de estados soberanos que tuvieron reconocimiento internacional y autodeterminación, renuncian a su soberanía y plena independencia, para cederla al Estado federal y someterse a una Constitución común (Constitución federal) que han acordado entre ellos. De no acontecer esa renuncia y permanecer como estados soberanos, daría lugar a una unión u organización distinta, esto es, a una “Confederación”, la que está orientada o cimentada en un ‘pacto’ para la realización de determinados fines, y no por una Constitución única; por tanto, se insiste, no renuncian a su soberanía e independencia.
La Unión Europea (UE) y la Comunidad Andina de Naciones “CAN”para citar dos casos, configuran bajo esa perspectiva una confederación (pacto entre Estados), aunque aquella con la pretensión, hasta ahora fallida, de tener su propia Constitución para los 27 Estados que la conforman. Resulta indiscutible que en ambos eventos, en la Federación o en la Confederación, hay cesión de la soberanía, en aquella de manera total, en éstas de modo parcial como lo aceptan algunos tratadistas internacionales.
Si bajo la ilusión o utopía de una América Latina unida, pero también en torno a una sola o única Constitución, renunciando cada nación a su propia soberanía y entregándola al novel Estado, se conformaría un Estado federal; de mantenerse la independencia actual de cada una de ellas, mediante un pacto habrá una Confederación; v. gr. OEA.
Pero al circunscribirnos a nuestro país, a cada Departamento o grupo de Departamentos, se le daría la denominación de Estado, para formar un Estado federal, con las consecuencias que ello traería y que podrán explicarse luego.
PD. Por el momento en que aparece este artículo, felices pascuas a los lectores de “La Patria” y a toda la sociedad , y un venturoso año nuevo.
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