Augusto Morales

Este, nuestro bello país, parece estar alejándose ya del Estado soñado. Nos hallamos en crisis permanente, indefinida e indescifrable; violencia y escándalos por doquier; polémicas al por mayor según los intereses que haya de por medio, casi todas inconclusas; carece de un futuro claro y promisorio, eso es lo que muestra el acontecer cotidiano. Ninguna luz de esperanza parece orientar a la comunidad nacional; todo es enredo, todo es discusión, todo es ocultamiento, todo es corrupción, utilitarismo, favorecimientos…
Hace algunos años había personas que se hacían elegir congresistas para huirle a la justicia ordinaria, pues buscaban verse amparados por la inmunidad parlamentaria; hoy el oasis del beneficio o la impunidad parece buscarse en sentido contrario.
Los profesionales del derecho tienen el deber de ayudar a la realización de la justicia; esa es la razón del Derecho y la sagrada misión de los abogados; pero ese valor o postulado se ve muchas veces empañado o estropeado por variadas razones (llámense artificios, sofismas, falacias), cuyos casos deben ser investigados sin contemplaciones por el órgano de disciplina de los togados, y quienes buscan “salvar” a sus clientes con leguleyadas (V. gr. designación o renuncias de múltiples de defensores para luego alegar prescripciones), o por incursionar por caminos dudosos para logar éxitos a costa de la credibilidad en la justicia y la confianza del país. La justicia de otros tiempos, prudente y discreta, se tornó en mediática y altisonante ¿Será acaso ese el Derecho que se merece Colombia?
Los “impedimentos”, las “recusaciones” y el “conflicto de intereses” son instrumentos que establece la ley para garantizar la imparcialidad y la pureza dentro de las actuaciones públicas de cualquier índole, sean ellas administrativas, judiciales o legislativas. Todo servidor del Estado con poder de decisión, debe declararse impedido para conocer o decidir un asunto cuando se halle inmerso en alguna de las causales legales que le impiden su trámite por él, evitándose así favorecer o dañar a alguien. En toda actividad, pero especialmente en la pública; rememorando al cónsul romano Julio César, no solo hay que serlo sino parecerlo; es decir, estar libre de todas sospecha.
Tener una autoridad, interés, no meramente económico, dentro de una actuación, o existir afecto o amistad estrecha, enemistad o antipatía con los interesados en aquella, por el motivo que sea, como recibir apoyos o favores, el operador jurídico tiene la obligación de declararse impedido, so pena de recusación, en aras de la moralidad procesal, y para evitar que aparezca como benefactor o verdugo; casos se han visto.
El modo de participar el primer mandatario de una nación en la configuración de los órganos de control, o de otras ramas como la judicial, puede o garantizar la independencia de tales estructuras fortaleciendo el sistema democrático; o debilitarlo, desvaneciendo el régimen de frenos y contrapesos. Con la forma como se suscitó la designación de los señores fiscal general (la terna la da el presidente) y procuradora general (la terna la establecen el presidente, el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia, los últimos sin peso político), se va a poder determinar esa gran prueba de respeto o no, hacia ese capital principio de nuestra organización política.
No existe una forma clara de cómo garantizar plenamente la independencia de las ramas del poder público desde el punto de vista burocrático; si participa el jefe del ejecutivo nacional está extendiendo sus manos hasta escenarios donde no debería tener ninguna participación o injerencia; si la postulación, nombramiento o elección provienen de de la rama judicial, como lo pensó el Constituyente de 1991, existe el riesgo de la influencia política sobre dicho poder; y si lo hace directamente el Congreso, como en viejas épocas aciagas, llegaremos a niveles de postración de ingrata recordación. Síntesis, el mérito sería la mejor forma, sin eludir que también tiene riesgos.
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