Álvaro Gartner


Pasaban los años y parecía que nadie en el Estado podía ver lo evidente (lo que no se pone en duda) de la minería en Marmato. Hasta cuando, por fin, cinco magistrados de la Corte Constitucional aplicaron el antiquísimo principio jurídico “el bien común prevalece sobre el interés particular”, al reconocer el derecho al trabajo de quienes explotan vetas en un sector reservado a los mineros artesanales: la parte alta del cerro de Loayza.
A pesar de la exclusión, la multinacional Gran Colombia Gold (GCG) se hizo adjudicar allí la mina Villonza, aprovechando la ignorancia, la imbecilidad o la venalidad de algún burócrata de la Agencia Nacional de Minería, que legisla sobre lo que no sabe. (En su homenaje, la montaña marmateña es hoy llamada El Burro). La empresa nunca laboró la veta, pero pidió desalojar a quienes lo hacían. Como estos siguieron, comenzó un tira y afloje en un escritorio de la capital, para resolver el problema de un pueblo tan peculiar como Marmato.
Si bien la sentencia solo suspende la orden de expulsión y ordena consulta previa con las comunidades indígena Cartama y la afrodescendiente Asojomar, enciende una luz de esperanza que podría iluminar el camino de la justicia. A pesar de lo cual, llama la atención que la corte diera al fallo un tinte étnico, cuando el problema es colectivo, social, tradicional y cultural, y afecta a todos los marmateños.
La decisión debió tomar por sorpresa al gobierno departamental, que solo ha sabido asestar cegatones varazos legalistas a los mineros, por confundir artesanal con informal. Los trata como si no fueran caldenses y no tuvieran iguales derechos que los exigentes y consentidos caficultores. El único que la tiene clara es el secretario de Gobierno, Carlos Alberto Piedrahíta, para quien desalojarlos es la única opción. Si no lo ha hecho, es por no haber hallado Marmato en el mapa. Sus antecesores tampoco: para la Gobernación el pueblo no existe.
La Corte Constitucional sentó un precedente: al atender el clamor colectivo, lo cual ya es notorio, reconoció (Comunicado N° 8, 28.02.2017) que “la situación de Marmato es tan particular”, por tratarse “de una población que se ha dedicado históricamente a la minería tradicional”. Es más, “los modos tradicionales de producción hacen parte de la identidad cultural del pueblo marmateño, constituyen su fuente básica de subsistencia y definen un modo de vida que gira alrededor de la explotación tradicional del oro, y que se remonta al período colonial”. Más atrás, magistrados, más atrás: va hasta tiempos prehispánicos. Algunos socavones todavía en producción debieron ser abiertos por indios cartamas, de la nación Umbra, antes del genocidio español del siglo XVI.
Por fin un alto tribunal judicial colombiano reconoce la costumbre como fuente de la ley. Así no sea la primera vez -lo ignoro-, es un hito histórico. En las facultades de Derecho inculca el precepto con un tonito cada vez más pintoresco, apenas para ilustrar cómo se regulaban las sociedades primitivas. La inglesa, por ejemplo.
Es tan bien asimilado, que la tendencia en el país es forzar hechos sociales con normas legales. Primero la teoría, luego la práctica. Por eso, ¿cuándo se ha visto a un congresista pedir opinión a sus electores o a un juez indagar por qué en tal o cuál parte se hacen las cosas de cierta manera? Se limitan a copiar legislaciones de naciones extrañas, por suponer que si en ellas fueron exitosas, aquí deberán serlo también. Además, se legisla y jurisprudencia con mentalidad citadina: si por una mueca del destino la ley resulta aplicable, lo será solo en las ciudades, porque en pueblos y campos será inocua, exótica.
El viejito Perogrullo sentencia que para ser transformada en ley, la costumbre colectiva debe preexistir. La norma es consecuencia, no causa de tradiciones, y se expide para reafirmar la identidad social y regular relaciones preexistentes entre los individuos. Si esto lo tuvieran así de claro, el asunto se zanjaría. Como no lo es, no se puede prever cómo terminará la disputa entre mineros marmateños y GCG, con tanto interés en medio.
Es la lucha de las hormigas contra el oso hormiguero. La justicia contra la ley. El derecho ancestral contra el poder adquisitivo.
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