
COLPRENSA | LA PATRIA
La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 10 años para ejercer cargos públicos al senador del Partido de la U Eduardo Merlano, al encontrarlo responsable de tráfico de influencias.
Según el Ministerio Público, Merlano abusó de su condición de senador cuando el pasado 13 de mayo se negó a practicarse una prueba de alcoholemia solicitada por integrantes de la Policía en Barranquilla.
Durante la lectura del fallo, que duró cerca de cinco horas, la procuradora delegada María Eugenia Carreño manifestó que la conducta de Merlano “afectó la función de labor pública acudiendo a su condición de senador”.
“Sí hubo entorpecimiento de la labor de la Fuerza Pública por la indebida influencia de Merlano para practicarse la prueba. En ese sentido los uniformados eran competentes para solicitar la prueba porque tenían la sospecha razonable de que el Senador estaba en estado de embriaguez”, aseguró la funcionaria.
Agregó que el político pudo actuar conformarme a la ley y no lo hizo. Para el ente de control, la conducta del parlamentario es considerada como falta disciplinaria gravísima, ya que antepuso sus influencias para que los uniformados tampoco inmovilizaran el vehículo que manejaba la noche de los hechos.
La defensa vs. los videos
A lo largo del proceso, tanto Merlano como su abogado, Héctor Carvajal, aseguraron que hubo maltrato e irrespeto de los policías que le solicitaron la prueba.
Parte de las pruebas que el Ministerio Público recolectó dentro del proceso es una serie de videos en los que quedaron registrados los episodios. Allí, según Carreño, se evidencia claramente que los uniformados no maltrataron al Senador: “contrario a lo que el disciplinado y su defensa han tratado de demostrar, la Sala le da credibilidad a lo expuesto por los uniformados”.
“En los videos no se infirió que Merlano preguntara por qué le iban a inmovilizar el vehículo, lo que sí quedó evidenciado fue que el senador interfirió en la inmovilización de su auto aludiendo siempre a su investidura”, agregó Carreño.
El fallo precisa que Merlano amenazó a los policías “diciéndoles que iba a llamar a sus superiores por pedirle que se practicara la prueba”.
Otra prueba con la que la defensa pretendía librar a su cliente de la suspensión era una supuesta llamada hecha por Merlano al 123 de atención inmediata, en la que el senador indicaba que estaba siendo víctima de un retén ilegal, pero la Procuraduría concluyó que esto era falso.
A su turno, el procurador disciplinario, Juan Carlos Novoa, precisó que el suspendido debía acceder a la prueba en vez de obstruir la función de la Fuerza Pública: “¿Cómo podía la Policía de Tránsito ejercer su función si todos y cada uno de los conductores se negaran a practicarse la prueba de alcoholemia cuando ella no era obligatoria? Estos hechos hacen que la Policía quede imposibilitada para velar por la seguridad de las personas”.
Para este representante del ente de control, lo correcto era inmovilizar el vehículo para garantizar el bienestar de los ciudadanos.
Por eso ambos procuradores coincidieron en que Merlano tenía muchas posibilidades en la noche del 13 de mayo, menos la de abstenerse a la práctica de la prueba ostentando de su condición de senador.
“Reconozco mi imprudencia e intolerancia frente a las disposiciones de los integrantes de la policía. Solicito que se tenga en cuenta que jamás busqué entorpecer la labor de los uniformados”.
Eduardo Merlano.
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