EFE | LA PATRIA | BOGOTÁ
El Consejo de Estado ratificó ayer la competencia de las autoridades locales para regular el uso del suelo y de restringir la minería.
Así lo determinó ese alto tribunal al negar una acción de tutela que cuestionaba la validez de una consulta popular en el municipio de Jesús María en el que los pobladores dijeron que no estaban de acuerdo con el desarrollo de proyectos mineros en esa población de Santander.
La sección cuarta del Consejo de Estado negó una acción de tutela presentada por el Ministerio de Minas y Energía de con la que pretendía de que se dejara sin efectos el fallo por medio del cual el Tribunal Administrativo de Santander declaró constitucional la pregunta que aprobó el Concejo para convocar la consulta.
Para la Sección Cuarta de ese alto tribunal, la propiedad de los recursos naturales no renovables no corresponde exclusivamente al orden nacional, por lo que la facultad que tienen los “entes territoriales para restringir la actividad minera puede implicar la prohibición de esas actividades en virtud de las competencias de regulación de la ordenación del territorio”.
Igualmente, ratificó que los resultados de la consulta son vinculantes, lo que implica que las autoridades “están obligadas a emprender las actuaciones administrativas y legales necesarias para hacer cumplir la voluntad de la ciudadanía frente a la realización o no de actividades mineras, cuando estas han sido sometidas a la aludida consulta”.
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