La sala plena de la Corte Constitucional determinó ayer que las empresas no pueden exigir una rebaja en los impuestos por contratar personas en condición de discapacidad.
La determinación del alto tribunal se tomó luego de declarar exequible el proyecto de Ley Estatutario que contempla ampliar los derechos y beneficios para la población con discapacidad.
La Corporación advirtió que en el único caso en el que las empresas que contraten con discapacitados reciban incentivos tributarios, será cuando estos sean avalados por el Congreso de la República.
Los beneficios que gozaban algunas empresas por contratar con la mencionada población estaban contemplados en un aparte del estatuto tributario, el cual fue declarado inconstitucional.
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