Luego de que el Consejo de Estado abrió la puerta para que los talleres, y no solo los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA), puedan hacer la revisión técnico-mecánica y de gases, son muchas las dudas en el ambiente.
Al respecto, abogados del ministerio de Tránsito y Transporte evalúan los términos de la decisión, para dar a conocer los parámetros acerca de cómo podrán entrar a operar los referidos talleres, pues descartan que de inmediato cualquier establecimiento pueda cumplir con los requerimientos para avalar el buen estado de los vehículos.
Según el Ministerio, las versiones dadas a conocer a cerca de que desde ya los talleres pueden entrar a operar no son reales, pues es claro que en cualquier caso se necesita de máquinas especiales a la hora de evaluar a los vehículos.
De la misma manera, se espera que en los próximos días se expida desde el Ministerio de Transporte la regulación respectiva, lo mismo que la fecha en la que entrará en vigencia la sentencia del alto tribunal.
Estos, señala el Mintransporte, son aspectos que obligan a los dueños de estos establecimientos a esperar la decisión final, pues hoy no todos los talleres tienen las condiciones para operar en este tipo de tareas.
La decisión
El pasado martes se conoció un fallo en el que la Sección Primera del Consejo de Estado anuló los artículos 4, 11, 12 y 30 de la Resolución 3500 de 2005, mediante la cual los ministerios de Transporte y Vivienda determinaban quiénes podían, o no, constituirse como Centros de Diagnóstico.
En este sentido, el magistrado Guillermo Vargas Ayala, ponente de la decisión consideró que dichos apartes deberían ser anulados por una extralimitación de funciones, además de no haber establecido límites con respecto a quiénes podían constituirse como CDA.
En su determinación, el alto tribunal señaló que si bien dichos ministerios sí eran competentes para proferir las resoluciones que contenían esas prohibiciones, hubo una extralimitación reglamentaria, pues dijo: "es necesario que todo tipo de limitación al desempeño de este tipo de actividad sea producto del trámite legislativo", pues solo el Congreso puede intervenir en actividades económicas y señalar cómo las autoridades pueden regularlas.
El dato
Las personas deben acudir a los CDA autorizados para hacer la revisión y evitar el comparendo. En Manizales son cuatro: Palogrande, Converry, Canguro y CDA Caldas (suspendido en este momento).
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