COLPRENSA | LA PATRIA | BOGOTÁ
La Sala Plena de la Corte Constitucional ratificó el fallo de tutela T-970 del 2014, que ordenó al Ministerio de Salud reglamentar la eutanasia en Colombia.
La Corte rechazó una petición de nulidad que había elevado la Procuraduría General de la Nación en marzo pasado argumentando que el fallo obligaba al Ministerio a invadir las competencias del Congreso de la República.
Dicha sentencia definió el procedimiento que los médicos deben cumplir para “garantizar la plena vigencia del derecho a la muerte digna”.
Ese fallo señaló que en 1997 se despenalizó el homicidio por piedad y que desde esa fecha la Corte había exhortado al Congreso para que regulara la eutanasia sin que el Legislativo lo hubiera hecho.
“A partir de ahí, la Corte consideró que debía, tal y como lo ha hecho con el derecho al habeas data, derechos étnicos, derechos de las víctimas, entrar a regular el derecho a la muerte digna. Como se puede notar, la orden que se le dio al Ministerio en nada tiene que ver con fijar ni sujetos activos, pasivos, contenido de las obligaciones, forma de garantizar el derecho, etc. Esa reglamentación ya fue realizada por esta Corporación en aras de garantizar la primacía de la Constitución ante la ausencia de legislación”, reiteró la Corte.
Actualmente, el Consejo de Estado estudia dos demandas que se han presentado en contra de la resolución del Ministerio de Salud que reglamentó el procedimiento.
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