La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que el Congreso de la República tendrá dos años para expedir una nueva legislación sobre la tauromaquia en Colombia.
Si esto no sucede, se entenderá que las corridas de toros, al igual que las novilladas, las corralejas, las becerradas y las riñas de gallos, serán un delito en el país.
Así lo decidió la Corte este miércoles al ‘tumbar’ 5 a 4 la ponencia del magistrado Alejandro Linares, que pedía mantener intactas las corridas y no considerarlas dentro del delito de maltrato animal que creó la Ley 1774 de 2016.
En ese sentido, el magistrado Gabriel Mendoza deberá hacer la nueva ponencia señalando las consideraciones y la decisión que tomó la Sala Plena en el debate de hoy.
La Sala tomó una decisión que se denomina de inexequibilidad diferida a dos años. Es decir, que se considera contrario a la Constitución el parágrafo que excluyó estos espectáculos del delito de maltrato animal, pero solo entrará a regir en dos años, si el Congreso no legisla.
A favor de la ponencia de Linares votaron, además de él, los magistrados Gloria Ortiz, Luis Guillermo Guerrero y Alberto Rojas Ríos. En contra votaron los magistrados María victoria calle, Gabriel Eduardo Mendoza, Aquiles Arrieta, Jorge Iván Palacio y Luis Ernesto Vargas.
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