COLPRENSA | NEIVA | LA PATRIA
El Juzgado tercero Penal Especializado de Neiva ordenó la reapertura temporal de la represa El Quimbo, esto al fallar una tutela que interpuso el Ministerio de Minas y Energía.
El juzgado ordenó reabrir la hidroeléctrica tras acreditar la existencia de un posible daño ambiental a pesar de que existen dos conceptos contradictorios, sobre si Emgesa ya cumplió o no con la medida cautelar del Tribunal Administrativo del Huila en el sentido que se debía retirar la biomasa y los residuos vegetales de la zona de la represa para evitar la contaminación del río Magdalena.
En efecto, se señala que el informe de la Autoridad de Licencias Ambientales (ANLA) del 15 de diciembre de 2015 ya cumplió con la orden, mientras que otro de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena, del 31 de diciembre pasado, dice que no.
“(…) El informe de la ANLA no coincide con lo establecido y verificado por esa entidad en concepto técnico del 31 de diciembre de 2015 el cual fue elaborado por el ingeniero forestal Édgar Cortés Vanegas, especialista contratado por la CAM, por cuanto la obligación que tenía Emgesa de retirar el material ya mencionado y no se ha cumplido”.
No obstante, a juicio del despacho, “si bien existen algunas contradicciones con relación a la existencia o no de la cantidad de biomasa en el embalse, y su no retiro total conforme a lo ordenado por la CAM (sic); sin embargo, todo apuntan al grave daño ecológico que se presenta día a día”.
De acuerdo con el juez, este daño ambiental existiría “no solo por la descomposición de los árboles, madera y guadua cortada existente dentro del vaso mismo de la represa, sino de la descomposición que se acrecienta ante la retención del agua, que en un nivel por debajo a los 1.000 metros sobre el nivel del mar donde se halla el embalse, logra acentuarse aún más generando grave peligro para la salud de los nativos, los pescadores, la industria pesquera artesanal e industrial y de contera, deterioro a la biodiversidad del sistema ecológico de la región”.
En ese sentido y para “prevenir graves alteraciones ambientales ocasionadas principalmente por el estancamiento de las aguas en el vaso de la represa de El Quimbo y por el bajo caudal de entrada de agua a la represa de Betania (…) ante la falta de agua debidamente oxigenada para lo cual se hace urgente la turbinación de la misma”.
El despacho en consecuencia ordenó la reactivación de El Quimbo hasta que el Tribunal de la capital huilense decida de fondo sobre el levantamiento o no de la medida cautelar.
La orden de cierre
La hidroeléctrica había detenido sus operaciones por orden de la Corte Constitucional que tumbó el decreto 1979 de 2015 que autorizó el inicio de generación de energía eléctrica. Esto al encontrar que el Gobierno Nacional aprovechó el Estado de emergencia económica y social generada por la crisis fronteriza con Venezuela para reabrir El Quimbo sin cumplir con la orden judicial.
El decreto se expidió argumentando que se debía iniciar el proyecto El Quimbo para elevar el nivel del río Magdalena y así poder transportar el combustible de la refinería de Barrancabermeja a los municipios ubicados en la frontera con Venezuela. No obstante, se indicó que no había realmente ninguna relación geográfica directa entre la ruta de transporte de combustibles desde la refinería de Barrancabermeja, a través del río Magdalena, y los combustibles que se requieren para transportar a los municipios ubicados en la frontera con Venezuela.
En este caso, además, el Tribunal Administrativo del Huila ordenó en diciembre pasado al presidente de la República, Juan Manuel Santos, que cumpliera con la medida cautelar y compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación para que se investigue quiénes y por qué se dio la orden de dar marcha al proyecto El Quimbo.
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