COLPRENSA | LA PATRIA | BOGOTÁ
La Sala Plena de la Corte Constitucional se abstuvo de fallar la segunda demanda que cursaba en ese alto tribunal contra parte de la ley que castiga el maltrato animal en Colombia.
Pese a que la Corte determinó que el Congreso de la República tendrá dos años para expedir una nueva legislación sobre la tauromaquia en el país, la corporación judicial no quiso entregar una decisión de fondo sobre la demanda que estaba a cargo del magistrado Alberto Rojas Ríos.
Dicha acción judicial la presentaron los ciudadanos Roy de Jesús Peñarredonda Lemus y Yeison Ronaldo Plata González en contra de la misma ley, señalando que se estaría permitiendo el maltrato animal, y se acomodó una justificación legal para hacerlo.
La demanda iba dirigida contra un aparte del artículo tercero de la Ley que dice que el Estado tiene responsabilidad de tomar parte activa en la prevención y eliminación del maltrato, así como de abstenerse “de cualquier acto injustificado de violencia o maltrato contra estos”.
Sin embargo, la Sala Plena de la Corte Constitucional se declaró inhibida en el referido caso, y solo se pronunció al tumbar la ponencia del magistrado Alejandro Linares, que pedía mantener intactas las corridas y no considerarlas dentro del delito de maltrato animal, que creó la Ley 1774 de 2016.
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015