Al condenar todo acto violencia contra la mujer, la Corte Constitucional avaló las sanciones de tipo social para este tipo de hechos.
Así lo señaló la Corte al encontrar ajustado a la Constitución el artículo noveno de la Ley 1527 de 2008 que dispone, entre otros, la creación de medidas se sanción social y de denuncia contra las prácticas discriminatorias y la violencia contra género.
El presidente de la Corte, magistrado Jorge Iván Palacio, indicó que ha sido esa Corporación quien ha solicitado a las autoridades públicas sanciones que vayan más de lo penal para la violencia contra la mujer.
“(...) sino también por otras de orden social, como las educativas y cívicas, que constituyen tipos de reacción de la sociedad ante comportamientos que encuentra amenazantes e indeseables”, señaló.
La Corte analizó una demanda que había sido presentada en contra de dicho artículo por considerar que la disposción era demasiado amplia.
“La disposición acusada (…) busca aumentar la eficacia de las sanciones como mecanismo de control social para que los victimarios comprendan la magnitud reprochable de su conducta al interior de sus familias, de las instituciones educativas, de las empresas, de las entidades públicas y de la propia administración de justicia”, precisó Palacio.
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015