COLPRENSA | LA PATRIA | BOGOTÁ
La Sala Plena de la Corte Constitucional ratificó la ley que creó el delito de feminicidio conocida como la Ley Rosa Elvira Cely.
Dicha ley dice que se entiende como feminicidio cuando la muerte de una mujer se da por su condición de mujer, de su identidad de género o cuando hayan antecedido algunas circunstancias que están explícitamente reseñadas como que haya existido un relación de familia o de amistad, o que se haya ejercido violencia sexual o patrimonial, entre otros.
La Sala Plena, con ponencia de la magistrada Gloria Ortíz, ratificó la norma a fin de que se entienda que la ley también aplica a cualquier clase de violencia de género por lo que incluye a las personas transgénero.
La Ley había sido demandada por un ciudadano que estimaba que no se podía considerar como uno de los antecedentes a un feminicidio la amenaza de violencia doméstica, así no haya sido denunciada puesto que era confuso y podría provocar que una persona sea procesada por temas de odio o solo con indicios.
En este caso, la Procuraduría había señalado que contrario a lo afirmado por del demandante, los antecedentes de violencia pueden considerar como un contexto que podría demostrar el móvil del feminicidio.
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