COLPRENSA | LA PATRIA | BOGOTÁ
La Corte Suprema de Justicia avaló un mecanismo mediante el cual la excongresista Yidis Medina Padilla busca ser reparada por los perjuicios que sufrió como víctima de montajes y seguimientos por parte del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).
Se trata de un incidente de reparación que Medina interpuso luego de que fueran condenados el exsecretario General de la Casa de Nariño Bernardo Moreno Villegas y la exdirectora del DAS, María del Pilar Hurtado Afanador, por su responsabilidad en las chuzadas.
De acuerdo con la Corte, "el incidente de reparación integral es un trámite accesorio al proceso penal al cual pueden acudir quienes hayan sufrido un daño como consecuencia del delito y tengan interés en que se cuantifiquen los perjuicios sufridos y pretendan una condena al pago de los mismos a cargo del penalmente responsable".
La Corte Suprema recordó que aunque en la actualidad también cursa una demanda contra el DAS y la Presidencia de la República, se trata de dos recursos diferentes.
“En el proceso penal la finalidad del incidente reparatorio no es la de obtener una declaración (de responsabilidad) sino simplemente dar por probada la calidad de víctima o perjudicado, el daño y el monto al que asciende su compensación en dinero, debate que debe evacuarse en las audiencias que contempla el Código de Procedimiento Penal de 2004”, señala la decisión.
Sin embargo, la Sala Penal rechazó como víctimas a seis familiares y allegados de Medina Padilla porque no se acreditaron dentro del plazo estipulado
“Para el caso en estudio, no se satisface con el hecho de que los reclamantes sean los parientes y el compañero permanente de la persona que por conducto de su abogado promovió el incidente, o porque estén siendo representados por el mismo profesional, ya que cada uno debió expresar su interés en adelantar el pluricitado incidente en el término común que la ley establece”, señala la decisión.
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