COLPRENSA | LA PATRIA
Luego de cinco horas y en el marco del último debate de la reforma al Equilibrio de Poderes, la plenaria de la Cámara de Representantes eliminó la Comisión de Acusaciones, para darle paso a la apertura de una de Aforados, la cual investigará y acusará a los magistrados de la Corte Constitucional, Consejo de Estado y Fiscal General de la Nación.
“La Comisión de Acusaciones ha fallado en su funcionamiento, probablemente por la forma cómo se concibió desde el comienzo, pero claramente dentro de eso el procedimiento complejo que hay y por eso la propuesta fue modificar el órgano de instrucción, con el fin de que la etapa de juzgamiento sea hecha por los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, y quien va a realizar la investigación es un grupo compuesto por personas con los mismo requisitos para ser magistrados, y tengan la capacidad técnica para formular las acusaciones”, señaló el ministro de Justicia, Yesid Reyes.
Esta Comisión de Aforados estará compuesta por tres miembros elegidos por el Congreso en pleno, por periodos de 8 años, quienes no podrán ser reelectos y quienes investigarán y acusarán a los aforados por faltas disciplinarias ante la Cámara de Representantes. Cabe señalar que estas acusaciones podrán ser apeladas ante el Senado de la República.
Adicionalmente, la Comisión de Aforados podrá investigar y acusar a los magistrados y Fiscal, por delitos penales ante la Corte Suprema de Justicia, y tendrán 60 días para presentar su acusación disciplinaria o penal.
“Las salas plenas del Consejo de Estado, Comisión de Disciplina Judicial y Corte Suprema, pueden pedir a la Comisión de Aforados la suspensión del acusado mientras se surte la investigación. Además, habrá un año de empalme entre la Comisión de Acusaciones y de Aforados, mientras entra en funcionamiento la segunda, la primera podrá: inhibirse de abrir investigación a los casos que no lo ameritan, remitir el proceso a la comisión de aforados, entre otros”, señala la ponencia final.
En la discusión de otros articulados que hacen parte del eje jurídico de la reforma al Equilibro de Poderes, los congresistas aprobaron el artículo que permite que los magistrados de la Corte Suprema y del Consejo de Estado sean elegidos por nominación. Además, resaltaron en ese mismo punto que debe haber una audiencia pública de 10 candidatos, enviada por el Consejo de Gobierno Judicial, tras convocatoria pública.
Otro de los artículos aprobados del eje jurídico, es el que permite que la Comisión de Disciplina Judicial esté conformada por siete magistrados, todos elegidos por el Congreso en pleno, donde cuatro cupos los nominará el Consejo de Gobierno Judicial, de ternas elegidas por convocatoria pública, y tres cupos los nominará el Presidente, de Ternas elegidas por convocatoria pública, resaltando que los magistrados tendrán ocho años de periodo sin reelección, su función será examinar conducta de abogados.
Por último, se aprobaron los artículos que permiten que la Corte Constitucional resuelva los conflictos de competencias entre distintas jurisdicciones y el que estima cuáles son los requisitos para ser magistrado, teniendo en cuenta que la persona debe tener 15 años de experiencia en la Rama Judicial o como catedrático en universidad reconocida oficialmente.
Se espera que en el transcurso de la tarde, los congresistas terminen de votar los más de 10 artículos que hacen falta, para completar el eje jurídico y concluir la discusión en su último debate de la reforma al Equilibrio de Poderes, la cual lleva más de 3 días en la plenaria de la Cámara de Representantes.
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