COLPRENSA | LA PATRIA | BOGOTÁ
La Corte Constitucional le advirtió a la Procuraduría General de la Nación sobre la necesidad de dar estricto cumplimiento a la Ley 1581 del 2012 sobre protección de datos personales, so pena de vulnerar los derechos fundamentales de las personas. En tal sentido, indicó que debe actualizar los datos para que la información consignada corresponda a la realidad.
Así lo indicó al estudiar una tutela presentada por un vigilante de un colegio en Cartagena, a quien le aparecieron en los antecedentes penales una condena a 12 años de prisión por tráfico de estupefacientes, cosa que no correspondía a la realidad y a pesar de ello lo mantuvo reseñado en los antecedentes disciplinarios. Esto, teniendo en cuenta además que el ciudadano presentó una solicitud para que se excluyera el dato que consideraba errado. Aún así la entidad omitió verificar si correspondía a la realidad.
Certificados
La Corte determinó que la Procuraduría desconoce el derecho fundamental al hábeas data y en particular los principios de certeza y transparencia, cuando omite verificar la veracidad de la información que figura en la base de datos de la cual es responsable, a pesar de que el titular del dato solicita que se excluya tal información.
Lo anterior ocurre porque los responsables del tratamiento deben verificar que la información que manejan sea veraz, es decir, los datos deben corresponder a situaciones reales y su contenido debe ser completo, exacto y actualizado.
La Corte dijo que dicho derecho también se vulnera cuando se omite divulgar la identificación de los juzgados que ordenan registrar antecedentes disciplinarios en la base de datos de la Procuraduría.
“En efecto, los certificados expedidos por la Procuraduría General de la Nación deben satisfacer los presupuestos de veracidad e integridad, lo cual supone que los datos que divulga la entidad no pueden ser parciales. Lo anterior constituye además una garantía del derecho de acceso a la administración de justicia porque al contar con la información completa sobre el origen de la misma, el titular del dato puede acudir a los mecanismos previstos por la ley para poner de presente ante un juez de ejecución de penas y medidas de seguridad, la ocurrencia de un caso de suplantación u homonimia”, señaló la Corte.
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