JOSÉ WILMAR JARAMILLO*
LA PATRIA | MANIZALES
Han pasado 199 días desde que la Inspección 12 de Policía profirió en primera instancia el fallo contra la constructora Shalom III (18 de junio del 2020), propiedad de Wyler Javier Hernández Garzón, por infracción a la norma urbanística en el edificio del mismo nombre, como estipula el literal A, numeral 2 del Artículo 135 de la Ley 1801 del 2016.
También han transcurrido 142 días (Resolución 18 del 14 de agosto del 2020) de la decisión en segunda instancia en la que se le ordenó: “restablecer el orden urbanístico en un término no superior de 60 días contados a partir del momento en que quede en firme esta decisión, con los planes de contingencia aprobados por las autoridades correspondientes (Secretaría de Tránsito y Unidad de Gestión de Riesgo)”.
Además, en un primer parágrafo ordena demoler la construcción a costas del infractor, si pasados 60 días no ha dado inicio a las obras para restablecer el orden urbanístico.
Habla el Inspector
Néstor Alexánder García Tolosa fungía como inspector 12 urbano de Policía y atendió una queja de la comunidad adyacente al Shalom III por daños que afectaron sus viviendas, lo que originó abrir un proceso por daños ocasionados a las construcciones vecinas.
Cuenta que luego se adelantó otro proceso contra dicha construcción, que involucró a los representantes legales de la constructora para que ejercieran el derecho a la defensa y contradicción. Agrega que ingenieros y arquitectos de la Alcaldía de Manizales (administración de José Octavio Cardona) hicieron un peritaje técnico especializado, y con esa base la Inspección 12 Urbana impuso una multa de unos $40 millones y dio un plazo de 60 días para restablecer el orden urbanístico. Al vencerse el plazo y no acatar la orden, la multa se duplicó a $80 millones.
Indica que en este punto la construcción estaba en obra negra (sin acabados), “pero igual como inspector de Policía se debe a las pruebas y la prueba fundamental es el informe técnico especializado que dieron los ingenieros y arquitectos”.
Más explicaciones
El inspector afirma que no recuerda exactamente que la obra hubiera empezado estando él en la Inspección 12, solo tiene claro -como lo dijo antes- que conoció la obra cuando los vecinos se quejaron.
Dice que ya no tiene acceso al expediente y que desconoce los pormenores del transcurso del proceso.
Con relación a la multa impuesta aclara: “el Código de Policía establece unas reglas para imponer las medidas correctivas, teniendo en cuenta el número de metros cuadrados realizados que fueron construidos sin licencia. Los inspectores son abogados, por lo tanto decir que una construcción está bien o mal hecha desde el punto de vista jurídico no es lo más acertado”.
Vecina afectada
María Emilia Barco Vargas es propietaria de una vivienda colindante con el edificio Shalom III, asegura que no siente temor por el hecho de que el edificio represente peligro de caerse. No cree que se vaya a caer, pero recuerda que recién empezó la construcción se comunicó vía internet con entidades relacionadas con este tipo de casos, porque había empezado a recibir perjuicios y daños.
Acudió a las secretarias de Gobierno y de Planeación, curaduría y hasta a la Inspección 12, a la que remitieron finalmente, pero en ninguna le atendieron sus quejas. Llegaron hasta a aconsejarle que consiguiera un abogado. A regañadientes, la constructora le resolvió un problema de tantos que había ocasionado y solo después de firmar un compromiso en una notaría. A la fecha el perjuicio continúa.
Alguna vez logró comunicarse con un arquitecto de la Secretaría de Planeación, con el que concertó una cita a la que finalmente no asistió. Lo volvió a llamar y le mencionó haber visitado la obra y no haber encontrado nada irregular.
Ella se refiere al constructor como alguien problemático y “mala persona”. Que se ofendía cada vez que se le increpaba algo. Aún tiene humedades en su casa, en la que vive hace 66 años. Se cansó de quejarse, comenta. Se pregunta por qué esperaron hasta que se terminara la construcción para tomar medidas correctivas.
Ha intentado vender la casa, pues por su tamaño se volvió demasiado difícil su mantenimiento, pero no ha podido, siempre la relacionan con el “problema del edificio vecino”. Considera que se desvalorizó su propiedad y responsabiliza no solo al constructor, sino a la Alcaldía por no haber atendido a tiempo sus quejas.
Ha escuchado que una constructora compró el edificio, devolverá a los inversionistas los dineros -sin intereses- y afrontará la solución.
Más testimonios
De otra parte, un propietario de un negocio adyacente al Shalom III y que pidió no revelar su nombre, mencionó que al poco tiempo de empezar la construcción cayó un muro encima del techo del negocio y esto le impidió cumplir un compromiso que tenía. Aunque le hicieron reparaciones, fueron de mala calidad.
Con el paso del tiempo cayó un ladrillo, que por poco ocasiona un accidente fatal. Sostiene que siguen cayendo piedras, lo que le hace vivir asustado. Cuenta que desde el primer momento se quejaron en Planeación y ante la falta de atención tuvieron que contratar a una abogada para que los asesorara.
El problema es que no saben a quién acudir para que responda, pues el propietario del Shalom III se marchó. Sus clientes todavía dudan en acudir a sus servicios por el temor que genera el edificio vecino.
* Medellín 12 de octubre del 2013
Colapsó la torre 6 (23 pisos) que hacía parte de otras 6 torres del edificio Space, como consecuencia de fallas en el sistema estructural por haberse diseñado sin el cumplimento de las normas de sismorresistencia (Ley 400 de 1997). La edificación la hizo la constructora CDO, de Álvaro Villegas.
En este hecho perdieron la vida 12 personas. Finalmente y ante orden, se demolieron controladamente las torres restantes en septiembre del 2014.
Paralelamente, el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería (Copnia) adelantó una investigación a los responsables del diseño, revisión y construcción del edificio, que dio como resultado después de tres años y medio y en segunda instancia las siguientes sanciones: cancelación de la matrícula profesional de por vida al diseñador estructural, cancelación de la matrícula profesional de por vida al revisor estructural, suspensión de la matrícula profesional -entre 20 y 22 meses- a los constructores del edificio y suspensión de la matrícula profesional -6 meses- a quien hizo el estudio de suelos.
* Cartagena
Ubicado en la manzana 186 del barrio Torices, el edificio Aquarela hace parte de un complejo de 5 torres de apartamentos que suman 952 unidades: 176 en la torre uno, 236 en la dos y 180 en cada una de las tres restantes. Lo construyó la Sociedad Promotora Calle 47, que agrupa a cinco compañías antioqueñas del sector inmobiliario.
Enfrenta un largo litigio por haber sido edificado en cercanías del Castillo de San Felipe y “violar la altura permitida y los lineamientos del Plan de Ordenamiento Territorial”, poniendo en peligro la designación de Cartagena como Patrimonio de la Humanidad.
En la celebración de la sesión 43 del Comité de Patrimonio Mundial, de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), se aprobó la propuesta del Gobierno colombiano con plazo hasta el 1 de diciembre del 2020, para evitar que varios lugares del país salieran de la lista de Patrimonio de la Humanidad. Una recomendación es demoler la torre del Aquarela. La Sociedad Colombiana de Ingenieros considera que la edificación tiene fallas estructurales y no cumple con la Norma de Sismorresistencia NSR 2010.
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 282 del 2019, denominado “Amparos de la Ley de Vivienda Segura”, cuya intención es proteger el patrimonio de los propietarios a través de tres mecanismos de resarcimiento: fiducia en garantía, garantía bancaria o póliza de seguro. Tiene importantes reformas para impedir que casos como el ocurrido en Medellín vuelvan a pasar en el país. El objetivo es trabajar por un proceso de urbanización responsable en las ciudades y como garantía para futuros compradores de vivienda nueva.
* Arquitecto, columnista de LA PATRIA
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