LA PATRIA | MANIZALES
Impune queda, hasta el momento, la muerte de Saida Johana Giraldo Castaño, habitante de la calle apodada la Rola, asesinada el 20 de junio del 2019 en una zona verde del velódromo de la Universidad de Caldas. Su deceso causó rechazo y tristeza entre los manizaleños, pues era muy conocida y apreciada.
En primera instancia condenaron como inimputable (no era consciente de lo que hacía) a Carlos Felipe López Delgado, a 12 años de internamiento en la clínica San Juan de Dios. Sin embargo, la nueva defensora del sentenciado apeló ante el Tribunal Superior de Manizales.
Como se recordará, ese día, pasadas las 6:00 de la mañana, hallaron el cuerpo de Saida y desde un principio las autoridades señalaron como responsable a López Delgado. Ella soportó 38 heridas con arma cortopunzante en cuello, abdomen, tórax y dorso, principalmente. El sindicado no aceptó cargos y lo mandaron para la cárcel. En octubre del 2020, luego del juicio, fue declarado culpable y el 28 de enero del 2021 le dictaron sentencia.
"Consumía estupefacientes, era una persona agresiva cuando estudió en la Universidad de Caldas, donde se vio involucrado en escándalos y problemas de conducta. Permanecía en inmediaciones del lugar de los hechos y el parque La Gotera, a donde acuden varias personas a consumir. Integrantes de la comunidad educativa de la universidad lo vieron en varias ocasiones conversando, discutiendo y pasando tiempo con la occisa, con quien, al parecer, tenía pretensiones sentimentales o sexuales. Los testigos presenciaban cuando Carlos Felipe se enojaba con Saida, le gritaba y le manoteaba en forma iracunda, presumiblemente cuando ella se negaba a sus propuestas sexuales", se narró en el juicio.
Al parecer, la noche previa a los hechos los vieron juntos y solos en el velódromo, hasta las 9:30 de la noche. La hora de muerte se estableció entre las 8:00 de la noche y la 1:00 de la mañana.
Una profesional en psiquiatría de Medicina Legal estimó que Carlos Felipe, al momento de cometer el hecho,
padecía un trastorno mental de origen orgánico que le impedía comprender la ilicitud o autodeterminarse. "Sufre de esquizofrenia, con escaso manejo farmacológico y continuidad en el consumo de sustancias estupefacientes. Se trata de un trastorno mental crónico y grave, caracterizado por alteraciones de la percepción y/o alteración de la realidad", expresó.
La nueva abogada argumentó ante el Tribunal que su cliente, además de padecer una enfermedad mental que lo estigmatizó frente a la sociedad, y aunado al indicio de presencia en el lugar por ser habitante de la calle, fue considerado responsable de un homicidio que no cometió.
"Los indicios construidos carecen de un mínimo de técnica procesal, en cuanto a estructura y suficiencia
demostrativa, para estimarlos idóneos para sustentar una condena. Los escándalos y problemas eran propios de un enfermo y se limitaban a la violencia verbal, sin estar probada la física. El sitio de los hechos era frecuentado por muchas personas para el uso de estupefacientes, así que no había razón para concentrar la acusación hacia el procesado, quien era mentalmente más vulnerable, máxime cuando la hora en que fue visto allí dista mucho del rango en que se
produjo la muerte, pues si estuvo en el lugar entre las 9:00 y las 9:30, y la muerte se dio entre las 8:00 de la noche y la 1:00 de la mañana, hubo un rango de cuatro horas donde no hay evidencia sobre su presencia en el sitio", expresó la defensora.
Anotó que si bien era compañero de la víctima para el consumo, no hay pruebas de una relación sentimental ni de violencia física hacia ella, a pesar de la agresividad propia de su enfermedad. Su ropa no tenía rastros de sangre.
El Tribunal consideró que los hechos indicadores que apalancaron el fallo de primera instancia surgen insuficientes para considerar probado, más allá de la duda razonable, que el homicida de Saida fue Carlos Felipe.
"Se hizo énfasis en la personalidad del encartado, señalándolo como una persona proclive a la violencia en contra de las mujeres. El mencionado testimonio terminó por incentivar la construcción de una especie de indicio de capacidad para delinquir con base en comentarios que no fueron demostrados en juicio. La práctica probatoria solo pudo acreditar que Carlos Felipe tenía una relación cercana con la hoy occisa". Se ordenó su libertad inmediata.
Fiscalía y víctimas habían apelado para que fuese condenado, pero no como inimputable.
El señalado, el día de la captura.
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