LA PATRIA | MANIZALES
A Jhon Jairo Cardona López le habían dado detención domiciliaria por tentativa de extorsión agravada. Pero tras la apelación de la abogada de la víctima, el Tribunal Superior de Manizales ordenó mandarlo para la cárcel.
El proceso arrancó por la denuncia instaurada por Sandra Mónica Urquijo Rúa, el 5 de septiembre de 2019, ante el Gaula y la sentencia de primera instancia fue del Juzgado Primero Penal Municipal, el 23 de enero de 2020.
Cardona López, exempleado de un restaurante de la víctima, le hizo llamadas intimidantes, exigiéndole dinero a cambio de no atentar contra su vida, la de su familia y no afectar sus bienes.
El citado grupo antisecuestro dispuso del operativo respectivo en esa misma fecha, dando como resultado la captura en flagrancia de Cardona López en la Galería de Manizales.
En audiencia aceptó cargos y le dieron domiciliaria por ser padre cabeza de familia, a cargo de su hija menor de edad y su madre, de la tercera edad, con quebrantos de salud. Le dieron 18 meses de prisión y le negaron la suspensión condicional de la pena.
Se dijo que la hija del acusado se enfermó apenas le dieron detención a su padre, lo que no era del todo claro para la defensa de la extorsionada, ni suficiente motivo para darle domiciliaria.
“Es la madre del procesado la que tiene a cargo a la menor. El hecho de que la progenitora haya padecido quebrantos de salud, por motivos del proceso penal, no es suficiente para reconocerle esa calidad de padre cabeza de familia y menos, para esta clase de delitos considerados de suma gravedad”, contó la defensa de la afectada.
La Sala Penal del Tribunal consideró válida la rebaja otorgada al condenado y mantuvo la sentencia.
Consideró que el Juzgado erró al determinar que el procesado era merecedor a la prisión domiciliaria, por su condición de padre cabeza de familia, desconociendo por completo las prohibiciones contenidas en los artículos 1º de la Ley 750 de 2002 y 26 de la Ley 1121 de 2006, al ser condenado por extorsión agravada -tentada
Un perito valoró en $150 mil los perjuicios materiales y morales sufridos por la víctima.
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