LA PATRIA | MANIZALES
Al abogado Alexánder Campos Villamil lo procesaron penalmente por su participación en un entramado de lavado de dinero del narcotráfico. Organización que operaba desde Manizales y desarticulada en el 2019.
La condena para Campos fue de 6 años de prisión como producto de un preacuerdo con la Fiscalía, que fue avalado por el Juzgado Penal Especializado del Circuito de Manizales. Así mismo le concedieron la domiciliaria.
Hasta allí todo iba bien, según lo acordado, excepto porque al tratarse de un abogado la ley contempla una mayor sanción para el ejercicio de la profesión. Fue así como el juez de conocimiento le impuso 20 años de inhabilidad o suspensión de la tarjeta profesional.
Esta parte de la sentencia se salió de las estimaciones de la defensa, que hasta ese momento había logrado un gran beneficio para su cliente. Aspiraba a que esa sanción no sobrepasara el tiempo de la condena.
La decisión judicial fue recurrida, por lo que el caso ascendió al Tribunal Superior de Manizales, que al final vio adecuada cada una de las partes de la sanción impuesta, incluyendo la inhabilitación para el ejercicio del derecho.
La organización
La investigación desplegada dio cuenta de una organización dedicada al lavado de activos y reintegro de divisas producto del narcotráfico desde el extranjero con destino a Colombia, que operó entre octubre de 2017 y junio de 2019.
Se determinó que Campos Villamil se encargó de asesorar jurídicamente a la empresa criminal y realizar contratos que permitían justificar el ingreso de divisas por los viajeros reclutados.
Entre el 1º y el 5 de junio del 2019 les imputaron cargos a nueve personas de la red delincuencial. Una de ellas el hoy condenado, para quien los delitos leídos en su momento consistieron en lavado de activos, enriquecimiento ilícito de particulares y concierto para delinquir agravado.
El año pasado y luego de varios aplazamientos de la audiencia de formulación de acusación finalmente se llegó al preacuerdo, que consistió en desechar los tres delitos imputados y cambiarlo por uno solo como es el de asesoramiento a grupos delictivos organizados. A cambio él aceptó la responsabilidad penal.
La defensa pidió más para su representado, pero lo único que no consiguió fue que le rebajaran la inhabilidad para ejercer como abogado.
En extinción
Varios bienes producto del lavado de activos quedaron con suspensión del poder dispositivo mientras se adelanta el proceso de extinción al derecho de dominio.
Otros que aceptaron
En mayo del año pasado se verificó el preacuerdo en el que también aceptaron cargos Cristian Restrepo Díaz, Jhosman Julián Castaño Mejía, Iván Darío Murillo Murillo, Jhon Alexánder Siachoque Nieto y Wilson Mesías Marulanda Zárate.
Grave
La falta del abogado es más grave porque prestó, ofreció, facilitó conocimientos jurídicos para que la organización delictiva dedicada al lavado de activos cumpliera su fin. La Ley 1908 del 9 de julio de 2018 introdujo la inhabilidad para el ejercicio de la profesión de abogado por 20 años, en la parte especial del Código Penal, como pena principal y no accesoria.
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