
LA PATRIA| MANIZALES
Para la Corte Suprema de Justicia, el Tribunal Superior de Manizales (TSM) acertó al revocar el fallo absolutorio de primera instancia y condenar a Rafael Zapata Córdoba por dos homicidios y porte ilegal de arma de fuego de defensa personal.
Así las cosas, el sujeto pagará 29 años y 8 meses de prisión por asesinar a Eduard Esteban Guapacha Gutiérrez, apodado Pícaro, de 18 años; y A Jonatan Stiven Montoya Díaz, Mono, de 17, en Tumbarreto (Riosucio).


Los hechos se remontan a la noche del 21 de mayo del 2017, en una residencia ubicada en la vía principal que une a los municipios de Riosucio y Supía. Allí departían Jonatan Montoya Díaz, Airon Terri Guevara Blandón, Oswaldo Naranjo Calvo, Julián Andrés Largo Largo, Brahian Mauricio Trejos Bañol, Rafael Zapata Córdoba y su hermano, Ramón, además de Eduard Guapacha Gutiérrez. Ingirieron licor, hasta que se suscitó una riña entre los dos últimos.
Rafael se fue del lugar y minutos más tarde regresó con un revólver en la mano, con el cual disparó contra Montoya Díaz y Guapacha Gutiérrez, quien trató de escapar.
En la condena del TSM, en segunda instancia, se indicó que era viable la impugnación especial, por tratarse de la primera sentencia de condena contra Zapata Córdoba. Así las cosas el caso llegó a la Corte, donde se ratificó la sentencia.
El Tribunal concluyó que el acusado, “más allá de cualquier duda, fue el autor del doble homicidio que se le endilgó, valiéndose para ello de un arma de fuego que ilegalmente portaba”.
Sustentó su determinación en que el juez de Anserma omitió valorar de fondo las versiones rendidas por los testigos antes del juicio.
Aunque la Fiscalía confrontó a los declarantes por medio de la lectura de sus entrevistas anteriores al juicio, procedieron a dar explicaciones poco creíbles sobre su estado de embriaguez, “pérdida selectiva de la memoria e incluso narraciones incoherentes tanto interna como externamente”.
Los testigos Airon Guevara, Oswaldo Naranjo, Julián Largo y Brahian Trejos se retractaron en el juicio, pero estuvieron disponibles en el mismo para ser interrogados sobre lo declarado previamente, de modo que era viable admitir excepcionalmente las declaraciones rendidas en sus entrevistas antes del debate oral.
"Resultó por lo menos curioso que Guevara Blandón afirmara en el juicio no recordar nada por su excesiva embriaguez, pero que evocara con nitidez los momentos anteriores al hecho delictivo, el sitio donde estuvo, la actividad que desarrolló, las personas con las cuales compartió en el inmueble, la presencia del hermano de Rafael y la discusión generada por una 'recocha brusca' entre Ramón Zapata y Eduard Guapacha", se lee en la sentencia.
"El acusado demostró un especial menosprecio por la vida de dos hombres jóvenes, como reacción frente una discusión en la que no tenía parte él. sino su hermano, y donde incluso una de las víctimas, Jonatan Stiven, no tenía nada qué ver. Sin embargo, le propinó un disparo a quemarropa en la cara, luego de lo cual, aún estando ya mortalmente herido en el piso, y después de arremeter a balazos contra la segunda víctima, volvió a dispararle”.
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