Óscar Veiman Mejía
LA PATRIA I Manizales
En la tarde del domingo a Julián Carvajal, estudiante de la Universidad de Caldas, lo alertaron por presencia de militares al frente del mural que con otros compañeros pinta en la entrada de la institución. “Llegué al lugar en bicicleta. Me paré frente a ellos y les dije que no tenían derecho a borrarlo”.
La pintura está sin terminar, pues recuerda que debieron suspender cuando empezó la cuarentena por coronavirus. Pintaron las imágenes de cinco generales. “Nos faltan la pregunta ¿Quién dio la orden? y frases”, comenta.
Esta acción y otras generan polémica en el país. Por un lado está la ONG Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice) que con otras 11 organizaciones asegura que su campaña es por la verdad.
Y por otra, el rechazo de los generales, señalados de supuestas ejecuciones extrajudiciales, mal llamados falsos positivos. El general Marcos Evangelista Pinto acudió a una tutela, la cual falló a su favor y le ordenó al Movice retirar la imagen de Pinto de murales y otros medios.
Estudiantes que lo pintan
Julián Carvajal es del que llama colectivo de estudiantes, que pintan el mural en la U. de Caldas. “Lo hacemos por la pregunta que genera: ¿Quién dio la orden? No estamos dilapidando a ningún general. El que puso la tutela alega que supuestamente se dilapida el buen nombre. No se dice directamente que él los mató, si usted es el general de esa brigada y está al mando de esos soldados, si usted no dio la orden, quién la dio. El mural es autorizado por el rector. Les manifesté a los militares que si no les daba vergüenza que aparte de matar jóvenes también querían borrar la memoria. No tenemos un fin político, es solidaridad con madres como las de Soacha, que se les quite el estigma de guerrilleros a sus hijos”.
El Ejército
Coronel Gerardo Avilán, comandante del Batallón Ayacuhco
“La acción de tutela fue interpuesta por mi general Pinto. El 21 de febrero el juez 13 del Circuito de Bogotá falló a su favor. Por esa acción de un juez somos acatadores de la ley, en la que decía que ordenaban al Movice que en 48 horas los murales, publicaciones en redes deberían borrarlos. No se podía publicar más esa imagen… En Bogotá se borraron murales y demás. La intención es hacer lo que esté dentro de la ley y una sentencia de un juez está en el marco legal. Por eso se iba efectuar. No queremos choque con la comunidad. La idea es hacerlo con las medidas legales que corresponde, que sea lo justo, correcto y legal”.
Dice la Universidad
Alejandro Ceballos, rector de la U. de Caldas
“Ese mural lo pintaron ellos con autorización, pero *NO* dijeron qué era lo que iban a pintar. Fue días antes de la cuarentena nacional. La cosa es que el mural tiene restricciones judiciales, al menos en lo referente al general Pinto. La Universidad no fue la que ordenó su eliminación, supongo que quienes están involucrados tendrán el derecho de que la sentencia judicial se cumpla”.
El general
Marcos Evangelista Pinto es el comandante de la Cuarta División del Ejército. Fue comandante de la Octava Brigada, que incluye al Batallón Ayacucho de Manizales. Interpuso la tutela por considerar que con la actividad adelantada por el Movice se le vulneran sus derechos fundamentales de petición, rectificación, dignidad humana, buen nombre, presunción de inocencia, debido proceso, honra y buen nombre de su núcleo familiar.
La tutela
El 21 de febrero, el Juzgado Trece Civil del Circuito de Bogotá falló, en segunda instancia, a favor del general Pinto y en contra del Movice: “Que en el término de 48 horas siguientes a la notificación proceda a eliminar de murales, redes sociales, medios de comunicación hablados o escritos, la imagen objeto de la acción y en la que aparece la reproducción pictográfica del accionante (Pinto) y abstenerse en lo sucesivo de publicar dichas reproducción o reproducciones similares en el mismo sentido”.
Movimiento de Víctimas
El Movice respondió que la decisión desconoce los derechos de las víctimas y sociedad en general a la verdad, libertad de expresión y memoria que habían sido protegidos por el fallo de primera instancia… “la información allí plasmada ha sido reconocida por fallos judiciales y en el caso particular del general Pinto, la Jurisdicción Especial Para la Paz (JEP) reconoció la existencia de la conducta así como el aumento de casos entre 2005 y 2008, tal como lo indicó el propio Juzgado 13 Civil del Circuito… Si después de subsanada la nulidad se mantiene el sentido del fallo y las órdenes, el Movice acudirá a la Corte Constitucional para solicitar a revisión de esta decisión judicial por considerarla un acto de censura. También recurrirá a mecanismos internacionales de protección de los derechos humanos”.
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