LA PATRIA | MANIZALES
Los arranques de año son de sumas y restas en los hogares, que incluyen alzas en arriendo, comida y estudio de sus hijos. Para este 2018 el Ministerio de Educación estableció que los colegios privados pueden subir desde el 4% hasta el 7,8%.
En Manizales después de los gastos navideños, de Feria y de servicios públicos, se vienen los escolares. A Clara que tiene un hijo estudiando en un colegio privado de Manizales le pareció normal este aumento frente al del salario mínimo, un poco alto respecto al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del 2017. "No es exagerado. El año pasado pagamos 470 mil pesos de matrícula y quedó en 494 mil pesos. La pensión pasó de 240 mil pesos a 263 mil pesos. Es razonable".
En cada colegio la situación es diferente, pues algunos con mejores resultados en el Índice Sintético de Calidad Educativa podrán tener incentivos hasta de 1,4% adicional, igual para los acreditados en calidad, sin superar el 7,8%.
Carlos es otro papá. Él no está de acuerdo con el incremento del 4,5% en el colegio privado en donde estudia su hija. "Es un abuso porque se lo aplican a todo: matrícula, guías, seguro y mensualidad. Pasé de 215 mil pesos a $228 mil pesos, en mensualidad. En total pagué $713 mil 800".
Para el rector de La Consolata, Marino Gallego, el alza es equilibrada entre buscar el retorno a la inversión a las instituciones privadas y no golpear tan fuerte la responsabilidad económica de la familias. "Hay que tener en cuenta que un 7% en un colegio de mensualidades altas está bien, el problema es para uno de pensiones bajas. En nuestro colegio de pensiones altas creemos que podemos operar bien en las funciones financieras con el 7% de aumento".
En el 2017 la mensualidad en La Consolata fue de 480 mil pesos y este año quedó en 550 mil aproximadamente.
El secretario de Educación Departamental, Fabio Hernando Arias Orozco, recordó que el proceso de matrículas es gratuito en las instituciones educativas públicas.
Las instituciones que paguen por escalafón a sus docentes, podrán incrementar un punto adicional al incremento que les corresponda.
Lo que pueden cobrar
La Ley 115 de 1994 estable que los colegios privados pueden cobrar por los siguientes conceptos:
* Matrícula y pensión que constituyen la tarifa anual y son obligatorios, ya que cubren los aspectos necesarios para la prestación del servicio educativo.
* Cobros periódicos que incluyen transporte, alimentación y alojamiento, y aplican a las familias que voluntariamente los tomaron con el establecimiento educativo.
* Hay otros que deben ser fijados en el Manual de Convivencia, previa aprobación del Consejo Directivo del colegio, en el que están representados padres, estudiantes y exalumnos. Estos cobros deben ser comunicados a las familias durante el proceso de matrícula.
Lea aquí la resolución 18066 que habla de la fijación de las matrículas escolares.
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