Foto | Archivo | LA PATRIA Gustavo Alberto Hoyos, aspirante a la dirección del Sena. En la parte inferior, la terna de candidatos del Sena, de izquierda a derecha, Julián Muñoz, Manuel Alberto Botero y Jorge Eduardo Arango
Después de que el caso llegó a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Manizales y esta lo devolvió, ahora el juzgado repite en su negativa, con lo que la elección para elegir director sigue frenada.
La historia comenzó desde finales de febrero pasado, luego de que se definió la terna de candidatos para regir los destinos del Sena.
Allí quedaron en los primeros puestos Julián Muñoz, Manuel Alberto Botero y Jorge Eduardo Arango, al registrar los más altos puntajes, dentro del estudio que efectuó la Universidad Nacional.
Hoyos quedó en el quinto lugar con un puntaje de 67,47, por lo que reclamó por supuesta violación de sus principios, por la calificación que le adjudicó la Universidad en su hoja de vida, pues, en su concepto, no tuvieron en cuenta unas certificaciones sin una razón clara o valedera.
Aunque el juzgado finalmente negó esta tutela en primera instancia, ante la impugnación que presentó Hoyos, el caso se fue para la Sala Laboral del Tribunal Superior de Manizales.
Allí el Tribunal declaró la nulidad de todo lo actuado y devolvió el caso al juzgado, al considerar que los participantes a la convocatoria no fueron vinculados como parte del trámite de la tutela, considerando que de llegar a prosperar la pretensión de Hoyos, esto podría afectarlos.
El juzgado acató la decisión y vinculó a los participantes. Sin embargo, ahora repite en su fallo. En el primero, la juez consideró que la Universidad Nacional, a través de su comité técnico, no avaló dicho certificado, como quiera que no reúne los requisitos de la adenda 1.
Esta explicaba que se requerían tres años en cargos del nivel directivo en áreas relacionadas con la gerencia administrativa, educativa, de formación profesional o desarrollo tecnológico.
Bajo estas condiciones, el cargo en dicha empresa no correspondía a una de las cuatro áreas mencionadas, ni cumplía con las especificaciones técnicas de las certificaciones que se exigían.
También dice el dictamen que no existe una situación fáctica, jurídica o probatoria, que denote esa violación al derecho al trabajo.
Ahora, el demandante podrá volver a impugnar la decisión, con lo que el caso volvería a la Sala Laboral del Tribunal, o de lo contrario se enviaría a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Este es el puntaje total, con el ciento por ciento de la calificación
1 Julián Muñoz 73,15
2 Manuel Alberto Botero 69,98
3 Jorge Eduardo Arango 67,61
4 Carlos Eugenio Montes 67,49
5 Gustavo Alberto Hoyos 67,47
6 Carlos Hernán Cárdenas 67,44
7 Angélica María Orozco 66,12
8 Raúl Jiménez García 62,42
9 Carlos Abad Ramírez 61,11
10 Luz Mary Murillo 59,69
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015