JULIÁN GARCÍA y JUAN CARLOS LAYTON
LA PATRIA | CHINCHINÁ
Los pensionados de Chinchiná se quejan por el reajuste que tuvieron este año en su mesada pensional.
A las puertas de la Alcaldía continúan llegando reclamos, debido a que solo tuvieron un incremento con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que para el 2018 terminó en el 3,18%.
Jorge Eliecer López, presidente de la Asociación de Jubilados y Pensionados de Chinchiná (Ajupenchín), indicó que el ajuste que normalmente les hacían era con base en el salario mínimo, tal y como lo hacían desde hace 30 años.
Para el 2019 el aumento salarial acordado fue del 6%. Según López, eso significa que les están pagando 2,82 puntos porcentuales menos de lo acordado por el Gobierno. “Nos están reteniendo el incremento de manera ilegal. Gozamos de régimen especial, contamos con acuerdos, conciliaciones y clausulas convencionales, que nos respaldan ese aumento”, insistió.
Deben esperar
El concepto para la Alcaldía y la Contraloría es diferente.
Claudio Henao Cubides, secretario Administrativo y Financiero de Chinchiná, aseguró que efectivamente se venía haciendo un reajuste especial basado en la convención colectiva de trabajo que se pactó desde 1999. Sin embargo, los cambios para este año se debieron al llamado de atención que les hizo la Contraloría Departamental.
En un comunicado de noviembre pasado, el ente de control les advirtió sobre la apertura de una investigación, por pagar nóminas pensionales por encima del IPC. Esto motivó a los reajustes, mientras se resuelve jurídicamente la situación.
Henao Cubides explicó que se les pidió a los pensionados un compás de espera, ya que no se trata de un capricho, sino de un hecho legal. “No podemos caer en posibles anomalía administrativas, que conlleven a sanciones. Tenemos toda la voluntad de pagar lo justo, pero sin violar la ley".
Con respecto a los pagos que se venían haciendo por encima del IPC en años anteriores a los 185 pensionados, el secretario justificó las convenciones colectivas, por lo que insistió en que también estaban amparados por ley. "De todos modos tenemos que analizar esto con cuidado, pero mientras lo solucionamos les pedimos que tengan paciencia. Los entendemos y es posible que el nuevo aumento sea regresivo, pero cualquier decisión tiene que tener un sustento legal", expresó.
Solo el IPC
Juan Carlos Pérez Vásquez, contralor Departamental de Caldas, sostuvo que el seguimiento se hizo por unas denuncias que recibieron, en las que se les informó de estas variaciones en los reajustes pensionales y un mayor pago entre el 2016 y 2017, tanto en Chinchiná como en La Dorada.
"El pago de las pensiones se hace de acuerdo con el IPC, según la Ley 100 del 93. Las convenciones colectivas rigen para los trabajadores activos", anotó el contralor.
Carlos Buritica Athertohúa, director Colpensiones Manizales, ratificó este concepto. Según el dirigente, los aumentos salariales basados en los acuerdos con los trabajadores solo se aplican para quienes devengan un salario mínimo, y que para el año pasado fue de $781 mil 242.
Si devengan más de este monto, como sucede con los pensionados de Chinchiná, el ajuste es con base en el IPC.
En La Dorada
Felipe Amézquita, secretario de Hacienda de La Dorada, afirmó que los anteriores ajustes se hicieron con base en las convenciones colectivas que se tenían para cerca de 25 pensionados. Sin embargo, luego del pronunciamiento de la Contraloría y del Ministerio de Hacienda, tuvieron que reajustar los aumentos para este año y acatar la orden de un aumento según el IPC. Añadió que los pagos adicionales les estaban generando problemas en sus cuentas de pasivo pensional.
Investigaciones
Juan Carlos Pérez Vásquez, contralor Departamental de Caldas, explicó que el problema es que se estaba violando la Ley 100 de 1993, por lo que se iniciaron estas auditorías en los dos municipios de Chinchiná y La Dorada. Ante la explicación de que hay acuerdos de convención colectiva, sostuvo que dichos casos los deberán llevar los municipios ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y ante el Ministerio de Trabajo, con el fin de que determinen la continuidad o no de ese beneficio y si se está violando la Ley. Los hallazgos son de tipo fiscal y por ende, se incluyeron en un proceso de responsabilidad fiscal para determinar si hay o no detrimento patrimonial. El caso goza de reserva sumarial.
¿Qué dice la ley?
El artículo 14 de la Ley 100 de 1993 establece el reajuste de las mesadas pensionales sujeto al incremento en el Índice de Precios al Consumidor certificado por el DANE para el año inmediatamente anterior, para quienes reciban una mesada superior al salario mínimo legal mensual vigente. No obstante, las pensiones cuyo monto mensual sea igual al salario mínimo legal mensual vigente, serán reajustadas con el mismo porcentaje en que se incremente dicho salario por el Gobierno Nacional.
* Javier Torres
Antes nos pagaban con el aumento del salario para el año, es primera vez que pasa esto.
*Abelardo Pérez
Desde hace 30 años venían pagando con el aumento del año. No leen los acuerdos ni las convenciones.
* John Jairo Marín
En la convención colectiva quedó pactado lo reglamentario por el Gobierno, son derechos adquiridos.
*Diego Ramírez
Teníamos el objetivo puesto en el incremento del salario mínimo, son derechos adquiridos.
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