COLPRENSA | LA PATRIA | BOGOTÁ
Con la Tributaria de 2016, el Gobierno vio un efecto positivo en el volumen de recaudo, al alcanzar $136,5 billones en 2017, según informó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Esto representó una variación nominal de 7,6% respecto al año anterior, en el cual se logró recaudar $126,8 billones en impuestos.
Para este año, tanto la DIAN como las distintas entidades recaudadoras, dieron a conocer las fechas correspondientes para el pago de tributos. Es importante que usted tenga en cuenta los plazos a la hora de cancelar sus obligaciones, al igual que algunos cambios en materia tributaria.
Para el caso del impuesto de renta, las personas naturales podrán presentar su declaración y hacer el pago entre agosto 9 y octubre 17. En el caso de los grandes contribuyentes, la primera cuota se pagará entre el 8 y el 21 de febrero, la segunda entre el 10 y el 23 de abril y la tercera entre junio 13 y junio 26. Para los demás contribuyentes, los pagos de la primera y la segunda cuota serán entre abril 10 y mayo ocho, y entre el 13 y el 26 de junio.
Por otro lado, la primera cuota del impuesto a la riqueza se deberá cancelar entre el 9 y el 23 de mayo y la segunda entre el 11 y el 24 de septiembre. Con respecto a la declaración informativa de precios de transferencia, el pago deberá hacerse entre el 11 y el 24 de septiembre.
Ahora, en el caso del primer pago anual de la retención en la fuente (correspondiente a enero) se deberá cancelar desde el 8 de febrero y antes de febrero 21. Igualmente, otras fechas importantes para tener en cuenta son los próximos pagos de los impuestos a la gasolina (16 de febrero) y al carbono (16 de marzo).
Adicionalmente, entre el 10 y el 23 de abril, los grandes contribuyentes deberán presentar su declaración anual de activos en el exterior. Este documento tendrá que ser presentado por las personas jurídicas a partir del 10 de abril y antes del 8 de mayo. En cuanto a las personas naturales, el plazo establecido es entre el 9 de agosto y octubre 19.
Novedades tributarias
El abogado tributarista, Nicolás Carrero, director de Carrero y Asociados, comentó que este año las grandes novedades en impuestos incluyen “la tarifa de renta, que baja de 34% a 33%, se elimina la sobretasa al impuesto de renta y en la distribución de dividendos ya aplica la nueva tarifa para personas naturales que va entre 0%, 5% y 10%, dependiendo del monto”.
Carrero también explicó que a partir de marzo, las personas naturales que reciban dividendos inferiores a $19 millones, no tendrán impuesto sobre ellos, mientras que quienes reciban entre $19 millones y $33 millones deberán hacer la declaración y aplicará la tarifa de 5%. Para todos quienes reciban desde $33 millones en adelante, aplicará una tarifa de 10%. En estos casos, la tributación se hará por vía en la retefuente.
Otra de las novedades tributarias es la introducción de la conciliación fiscal, un control que se realiza a las partidas fiscales y que deberá declararse en octubre, aunque aún no se ha anunciado la fecha.
“La última tributaria, que incorporó algunos cambios importantes, creó esta obligación formal que tienen quienes declaran renta y que el Gobierno reglamentó a finales de 2017”, comentó Jairo Higuita, analista tributario.
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015