MIGUEL ORLANDO ALGUERO
LA PATRIA | MANIZALES
Confeccionar un contrato a la medida de un contratista con el fin de que sea el único oferente, que reúna las condiciones establecidas, y así adjudicarle fácilmente la obra, se convirtió en el común denominador de la contratación en las regiones. A esto se le llama pliegos sastre.
Esta preocupación llevó a la aprobación, el año pasado, de la Ley 1882 del 2018 y a la formulación de los pliegos tipo para la contratación de licitación de obra pública de los sectores de infraestructura y transporte. El objetivo, acabar con los focos de corrupción y fomentar la transparencia.
El presidente, Iván Duque, firmó la semana pasada el decreto de los pliegos tipo que buscan estandarizar los requisitos técnicos y económicos del proceso, la forma de escoger a los oferentes y las condiciones habilitantes para determinar el monto.
Esta nueva fórmula empezará a regir a partir del 1 de abril y exigirá el uso de la plataforma virtual Secop II. Pero, los efectos reales se verán desde el 1 de enero del 2020, cuando se estrenen los nuevos gobernadores y alcaldes.
¿Cuáles son las nuevas reglas?
Juan Martín Caicedo Ferrer, presidente de la Cámara Colombiana de la Infraestructura (CCI), sostiene que esta reglamentación será un antídoto contra la corrupción por la obligatoriedad de los documentos que exige la OCDE y Colombia Compra Eficiente. "Habrá más transparencia, se facilitará las labores de vigilancia de los órganos de control. Se acabará la cantidad requisitos que alargaban la contratación".
Juan David Duque, director de Colombia Compra Eficiente, explica que el objetivo de los pliegos tipo es incentivar la participación para que haya más pluralidad de oferentes y proveedores. También habrá aspectos inamovibles como cronogramas, pactos de transparencia, minutas de pliegos, entre otros."Los anexos, matrices, formularios y formatos que deberán tener los contratos harán que el proceso sea más seguro. Estos parámetros permitirán una contratación con criterios jurídicos, técnicos y de calidad"
Gloria Alonso, directora del Departamento Nacional de Planeación, asegura que estas nuevas reglas eliminarán los pliegos sastre que violan los principios de transparencia, selección objetiva y pluralidad de oferentes. Darán mayor celeridad a la preparación de las ofertas, pues los interesados las conocerán de manera anticipada, y las pequeñas empresas de ingeniería e infraestructura podrán entrar en el juego. "Esta reglamentación le dará claridad a la contratación y se convierte en un paso definitivo para mejorar la eficiencia en el uso de los recursos públicos".
¿A quién aplica?
Para obras públicas de infraestructura vial rural y urbana (como andenes, vías, puentes, etc).
Beneficios
Santiago Pérez, gerente de Pacífico III, integró el equipo que diseñó el borrador de los pliegos tipo cuando trabajó en la Cámara Colombiana de Infraestructura. Ahora expone algunos beneficios:
1. Incorpora el ordenamiento jurídico que obliga a las buenas prácticas de contratación: pluralidad, transparencia y correcto comportamiento de oferentes y proveedores.
2. Mantiene la autonomía de las entidades contratantes y territoriales para definir las necesidades de inversión, efectuar el gasto público, así como las condiciones contractuales, presupuestales y técnicas.
3. Elimina la subjetividad en la confección del pliego para la selección de los contratistas, para evitar que se direccione o haya colusión de los procesos de selección, es decir, un acuerdo entre dos o más partes para limitar la libre competencia.
4. Democratiza la contratación, o sea, cualquier oferente puede participar en cualquier proceso contractual en el país. Esto es para quitar barreras que restringen la participación, especialmente la de las pequeñas empresas.
5. Promueve la eficiencia de la selección para la entidad contratante y los oferentes. Se reducen los tiempos de transacción en la preparación de pliegos, elaboración, presentación y evaluación de ofertas, y se obtiene información anticipada.
6. Blinda la actuación del funcionario público en un marco claro de actuación contractual: elaboración de pliegos, respuesta a observaciones y evaluación de ofertas. Estas se harán en línea y de forma sincrónica en la plataforma del Secop.
Reacciones:
Luis Alberto Giraldo, secretario de Infraestructura de Caldas
La contratación de la Gobernación viene aplicando este modelo tipo. Somos ejemplo en multiplicidad de oferentes, reducciones de documentación innecesaria y la implementación de fórmulas aleatorias de suerte para adjudicarla.
José Eduardo Echeverri, presidente de la Sociedad Caldense de Ingenieros y Arquitectos
Este aporte institucional a la contratación hace que sea más eficiente, transparente y beneficiosa para la comunidad. Los pliegos tipo es un aporte que la Sociedad ve con mucho optimismo.
Luz Marina Torres, secretaria Jurídica de Caldas
Caldas se ha destacado por defender los principios de transparencia, selección objetiva y pluralidad de oferentes. Este sello nos ha llevado a que en el departamento no existan los pliegos sastre.
Puntos claves
* Pliego de condiciones: es el documento transversal con las características estándar del proyecto u obra. Es el esquema contractual.
* Anexos: La entidad que contrata deberá anexar los siguientes documentos:
- Anexo técnico de la obra.
- Cronograma.
- Glosario.
- Pacto de transparencia.
- Minuta del contrato.
* Formatos: El proponente debe diligenciar los siguientes documentos que hacen parte de su oferta.
- Carta de la presentación de la oferta.
- Conformación del proponente plural.
- Experiencia.
- Capacidad financiera y organizacional.
- Capacidad residual (aptitud del contratista para cumplir oportunamente el objeto del contrato).
- Pagos de seguridad social y aportes legales.
- Factor de calidad (requisitos que componen la obra civil).
- Vinculación de personas en condición de discapacidad.
- Puntaje de industria nacional.
* Matrices: son los informes que debe incluir la entidad que contrata, de acuerdo con el sector al que pertenece la obra:
- Experiencia.
- Indicadores financieros y organizacionales.
- Riesgos.
* Formulario: es el documento en el que el proponente incluye su oferta económica:
- Formulario de presupuesto.
Nota: Estos documentos son obligatorios y deben subirse al Secop II, que es una plataforma transaccional en la cual los oferentes y proveedores efectúan el proceso de contratación en línea.
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