JUAN CARLOS LAYTON
LA PATRIA | MANIZALES
2 mil 365 registrados en Colombia y 140 en el Eje Cafetero.
Estas son las cifras de personas naturales y jurídicas que a la fecha se han inscrito ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), con el fin de acceder al Régimen Simple de Tributación (RST).
Este es un tributo que se declara anualmente y al que pueden acceder de forma voluntaria, tanto personas naturales como jurídicas, con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, en especial quienes están en la informalidad (ver infográfico).
Las condiciones
Para algunos tributaristas, la meta que proyectó la DIAN de registrar 2 mil 500 personas naturales y jurídicas parece poca. Sin embargo, el director de ingresos de la DIAN, Lisandro Junco, señaló que se trata de una apuesta a la que le han respondido todos los gremios del país, con el fin de reducir la carga tributaria para las micro, pequeñas y medianas empresas del país.
Recordó que su lanzamiento se efectuó el 20 de mayo, por lo que en dos meses se puede considerar como una buena noticia, superando incluso las cifras de lo que recaudó en sus casi dos años de vida el monotributo, cifra que bordeó apenas 12 contribuyentes.
"Eso demuestra que se están logrando los resultados con la divulgación que estamos haciendo punto a punto y en todas las ciudades del país", dijo Junco, quien destacó al municipio de Sincelejo como el primero que le está apostando a la competitividad de sus empresarios.
Opción de ampliar el plazo
Agregó que es una apuesta de cumplimiento, ya que mediante un solo pago se cumplen todas la obligaciones empresariales nacionales y municipales.
El plazo para esta inscripción vence el 31 de julio, pero de acuerdo con Junco, el Gobierno estudia la opción de ampliar los plazos para dicha inscripción.
Las ventajas
A partir de agosto, los negocios que estén dentro de este nuevo modelo de tributación comenzarán a pagar una declaración anual única que estará integrada por seis impuestos entre los que están el de renta, el de industria y comercio y el de consumo, entre otros.
Adicionalmente este nuevo régimen permitirá la autoinscripción en el Registro Único Tributario (RUT) y la liquidación y el pago de manera electrónica.
También, se mejorará el flujo de caja puesto que no estarán sujetos a retenciones en la fuente, ni tampoco estarán obligados a practicarlas.
Diferencia con el régimen simplificado
El director de ingresos de la DIAN, Lisandro Junco, sostuvo que hay una gran diferencia entre el actual régimen simple de tributación y el régimen simplificado con el que acabó la Ley de Financiamiento, que les daba condiciones especiales a los pequeños contribuyentes en el impuesto a las ventas (IVA). La Ley de financiamiento terminó esta diferenciación, al considerar que esto generaba la sensación de excluirlos de pagar impuestos. Sin embargo, incluyó en el nuevo sistema un grupo de responsables y no responsables de pagar únicamente IVA.
¿Qué es?
El Régimen Simple de Tributación es un tributo que se declara anualmente y se paga con anticipos bimestrales a través de los sistemas electrónicos de la DIAN. Busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, en especial que quienes están en la informalidad.
Los riesgos
"Definitivamente existen personas naturales y jurídicas a quienes les convendrá acogerse a este régimen simple porque verán reducida obstensiblemennte su carga tributaria, por ejemplo los profesionales independientes, pero eso no quiere decir que todo el que cumpla con estos requisitos tenga una reducción, por eso la evaluación debe ser muy juiciosa", advirtió Juan Fernando Giraldo Nauffal, asesor tributario y socio de la firma Nauffal Vallejo Boutique Legal.
Indicó que existen dos llamados de atención si deciden acogerse:
1. No presentar ninguna mora tributaria, incluyendo aportes al sistema integral de seguridad social.
2. Las personas naturales, aunque para el impuesto sobre la renta solo tributarán sobre sus ingresos, deben conservar el soporte de costos y gastos asociados a su operación para liquidar correctamente los aportes al sistema integral de seguridad social. No hacerlo los expone al peor de los escenarios: ser incluido en el regimen simple y ver incrementado el monto de aportes a salud y pensión.
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