Hace 65 años, a las dos de la mañana del 9 de abril de 1948, once horas antes de caer asesinado en el centro de Bogotá, concluyó la última actuación como penalista del caudillo liberal Jorge Eliécer Gaitán.
Con el apoyo del historiador Arturo Álape tratamos de reconstruir esta larga jornada en la que el carismático hombre público, en su calidad de abogado defensor, logró la absolución del teniente del Ejército Jesús Cortés Poveda, procesado diez años después por el asesinato, en Manizales, del periodista Eudoro Galarza Ossa, el primer mártir del periodismo colombiano.
Galarza había sido director y propietario del diario La Voz de Caldas, y fue muerto en estado de indefensión, en su propia oficina, en la segunda semana de octubre de 1938 por el oficial asignado al Batallón Ayacucho.
Según el expediente, el periódico del comunicador divulgó una información, según la cual el teniente Cortés Poveda había abofeteado en público a un soldado.
Cortés pidió la rectificación y como el periodista le negó esa opción, el oficial le disparó en dos ocasiones y le causó la muerte. La noticia había sido redactada con base en fuentes responsables por el cronista Gonzalo Jaramillo, futuro director de LA PATRIA y gobernador de Caldas.
Cuenta Álape que "el proceso penal se inició en Manizales, pero fue rápidamente trasladado a Bogotá para rodearlo de garantías, porque supuestamente se trataba de un militar y podría ser absuelto. Gaitán asumió la defensa del teniente Cortés Poveda, y su tesis judicial se basó en que el oficial obró sencillamente en legítima defensa de su honor mancillado. Con más oratoria que argumentos jurídicos, el 9 de abril de 1948 logró la absolución de su cliente. Esa sería su última actuación como penalista". Aquel aciago día se desencadenaría el pavoroso "bogotazo" con el asesinato, en el centro capitalino, del líder político que se perfilaba como futuro presidente de Colombia.
El académico Eduardo Velásquez Chacón, en su obra Código de Justicia Penal Militar, recogió así algunos aspectos sustanciales de la defensa asumida por Gaitán: "Los elementos de la legítima defensa personal son dos: el agresor y el agredido. En la legítima defensa del honor los elementos son tres: el agente que agrede, el agredido, que es el poseedor de la honra, y la sociedad, que es la que aprecia si hubo o no deshonra, según la actuación concreta".
Gaitán sacó adelante su defensa judicial, pero paradójicamente el caso del periodista Galarza se convirtió para los investigadores en el primer episodio de asesinato de un periodista colombiano en el siglo XX. Es decir, que la muerte de Gaitán eclipsó totalmente la noticia de la absolución, que sí resultó de mucha resonancia en la capital del departamento de Caldas.
En su único contacto con los medios, 40 años después de haber matado en estado de indefensión al periodista Galarza Ossa, el teniente Cortés Poveda no mostró ningún arrepentimiento y dijo estar dispuesto a repetir la acción criminal, en defensa del uniforme y de la institución militar.
La apostilla: Don Eudoro Galarza -nacido en Caramanta, Antioquia, en 1895- nunca imaginó que sería herido mortalmente en su propia oficina del centro de la capital caldense, a sus 43 años, a manos de un oficial del Ejército al cual sirvió con devoción patriótica en su juventud. El historiador Álape, al plantear su desacuerdo con el fallo, escribió que "la defensa tuvo más oratoria que argumentos" y recibió el veredicto como "una afrenta a la memoria de Galarza".
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