MARTHA LUCÍA GÓMEZ
LA PATRIA | MANIZALES
"No hay felicidad completa", dice el refrán, y se le puede aplicar al gobernador de Caldas, aún suspendido temporalmente, Guido Echeverri Piedrahíta.
Los dos abogados que lo demandaron buscando anular su elección, por considerar que fue reelegido, actuaron sobre el fallo que expidió el pasado 23 de mayo la Sala Plena del Consejo de Estado, con el que Echeverri Piedrahíta puede volver a su cargo desde el momento en que notifiquen al gobernador (e), Ricardo Gómez Giraldo, que ya terminó esta comisión.
Dicho fallo llenó de regocijo a Echeverri, a políticos de diversas tendencias y a los gremios de la ciudad que ven con muy buenos ojos su regreso. Pero esa alegría se frena ahora por las solicitudes que hicieron ante el Consejo de Estado los abogados Rafael Calixto Toncel y Miguel Antonio Cuesta, sus demandantes.
Lo que piden
Toncel promovió un incidente de nulidad e hizo observaciones originadas en la sentencia de 24 magistrados de la Sala Plena, quienes fallaron con 14 votos a favor de que Echeverri Piedrahíta vuelva al cargo (ver recuadro La decisión), y 10 que no estuvieron de acuerdo.
Argumentó que el Consejo de Estado no tiene facultades para mirar el alcance de normas constitucionales, y que el órgano genuino para interpretarlas es la Corte Constitucional. "El Consejo de Estado está invadiendo competencias de la Corte, habría falta de competencia".
Cuesta, por su parte, pidió a Lucy Jeannette Bermúdez, magistrada de la Sección Quinta, le expidiera copia de los salvamentos de voto de 10 magistrados y las aclaraciones de voto de los 14 restantes.
"La sentencia se llevó a Sala Plena para hacer unificación de jurisprudencia, y me parece que no está completa ni clara si no envían estos documentos", dijo Cuesta, pues desconoce en qué sentido fueron esos votos.
Explicó que hacer salvamento de voto es para expresarse contra el fallo, para sentar un desacuerdo total con la providencia que se expidió y la parte motiva. La aclaración de voto, por su parte, sienta disidencia sobre algunos considerandos o todas las consideraciones, pero se está de acuerdo con el resultado.
"Ahora le corresponde a la magistrada resolver lo más pronto posible estas solicitudes. Mientras esto sucede, el gobernador no puede volver a sus actividades. Lo podrá hacer cuando quede totalmente ejecutoriada", agregó Cuesta, y que si la magistrada acepta la nulidad, la demanda regresará al trámite inicial y se mantiene la medida cautelar.
Bermúdez manifestó a LA PATRIA que estudian la solicitud de nulidad, sobre la que espera presentar proyecto mañana para que se termine de resolver el próximo martes.
Si este martes ya hay una definición de la Sección Quinta del Consejo de Estado, sobre el incidente de nulidad a favor de Guido Echeverri, librarán comunicaciones a las oficinas jurídicas de la Presidencia de la República y del Ministerio del Interior para que estas notifiquen a Ricardo Gómez Giraldo que terminó su encargo.
La decisión del Consejo de Estado (CE), del pasado 23 de mayo, señaló que la prohibición de la reelección inmediata de gobernadores y alcaldes no cobija a quien en una primera elección se le haya anulado por una decisión judicial. Guido Echeverri fue designado para el periodo 2012-2015, elección anulada por el CE en el 2013.
La Sala Plena, con ponencia de la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez, indicó que ya había precedentes jurisprudenciales desde 1915, y que cuando se anula una elección se entiende que este acto nunca existió.
La Sala se apoyó en este argumento, dado por la Sala de Consulta y Servicio Civil de esa misma corporación cuando Echeverri preguntó si la anulación de la primera elección le impedía presentarse de nuevo a elecciones. Le respondieron que no había impedimento.
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