LA PATRIA | MANIZALES
El Ministerio del Interior expidió una circular el pasado 9 de agosto en la que reglamenta las restricciones que habrá para este fin de semana de elecciones, son las siguientes:
* Acompañante
Los ciudadanos que padezcan limitaciones y dolencias físicas que les impidan valerse por si mismos, podrán ejercer el derecho al sufragio acompañados hasta el interior del cubículo de votación. Así mismo los mayores de 80 años o quienes padezcan problemas avanzados de la visión.
* Ley seca
Rige desde las 6:00 de la mañana del sábado 24 deagosto hasta las 6:00 de la mañana del lunes 26 de agosto. Sin embargo, los acaldes tienen la potestad de ampliarla en caso que así lo convenga el Consejo Municipal de Seguridad.
* Suspensión al porte de armas
Desde el viernes 24 de agosto hasta el miércoles 28 de agosto, con excepción de los permisos especiales que las autoridades militares expidan específicamente para el día del certamen.
* Propaganda electoral
- Restricción de actos políticos y manifestaciones a partir del lunes 19 de agosto y hasta el 26 de agosto de 2013, solamente podrán realizarse en recintos cerrados. Los días previos a estas fechas, las manifestaciones y demás actos de campaña deben ser notificados a los alcaldes.
- El domingo está prohibida la publicidad electoral en medios de comunición.
* Garantías electorales
Desde que se expidió el decreto para elecciones atípicas en Caldas (27 de junio) los servidores públicos, alcaldes, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas no pueden celebrar convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos.
- No destinar recursos públicos de las entidades a su cargo o de aquellas entidades en las que participen como miembros de sus juntas directivas para reuniones proselitistas en las que participen los candidatos a cargos de elección popular o voceros de los candidatos.
- No inaugurar obras púbicas o dar inicio a programas sociales en reuniones en las que participen candidatos a cargos públicos de elección popular.
- No modificar la nómina del ente territorial durante los cuatro meses previos a las elecciones, salvo provisión de cargos por faltas definitivas o aplicación de normas de carrera administrativa.
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