
Si usted es uno de los que se estresa porque su vehículo entró a reparación, se quedó sin carro y teme que la garantía se acorte, debe saber que uno de los avances de la nueva ley del consumidor consiste en que la garantía del fabricante contra los eventuales defectos de calidad, idoneidad o seguridad del producto funciona como en los partidos de baloncesto: el tiempo se detiene cuando el balón deja de estar en movimiento.
Rodrigo Bueno Vásquez, abogado experto en derecho del consumidor automotor, explicó que si el vehículo ingresa al taller de servicio para corregirle un defecto de fabricación, el "término de la garantía se suspenderá mientras el consumidor esté privado del uso del producto, por lo cual los días de la estadía se agregarán al final de la garantía".
Para el efecto, en la constancia de reparación que el taller de servicio le entrega al consumidor junto con el vehículo reparado, se debe indicar el día en que entró y el día en que salió de sus instalaciones, y ojalá la nueva vigencia de la garantía del fabricante.
Pero recójalo
Esto, que a simple vista parece tan sencillo, tiene sus bemoles, porque a veces los propietarios o usuarios de los vehículos que están en garantía consideran que tienen derecho a dejarlo en el concesionario o taller autorizado el tiempo que les parezca, después de que les han avisado que ya pueden pasar a recogerlo porque ha quedado funcionando mejor que nuevo.
"Ese es uno de los paradigmas que hay que cambiar, porque parten del supuesto errado de que en calidad de consumidores tienen derechos ilimitados, y que el concesionario, el productor o el taller autorizado son como un boxeador medio groggy que se apoya en las cuerdas del cuadrilátero para no caer afuera, cuando el consumidor le aplica un directo a la mandíbula reclamando cualquiera de sus derechos".
La Superintendencia de Industria y Comercio reglamentó la nueva ley del consumidor y debió decir que a partir del momento en que el taller de servicio le avise al propietario que ya puede pasar a recoger su vehículo (vía correo electrónico o por otro medio), se entenderá que ya no está privado del uso del mismo, y el desgaste de la garantía del fabricante por el paso de los días se ha reanudado.
"La garantía del fabricante ampara al propietario durante cierto tiempo o kilometraje, que se cuenta desde el día en que el primer propietario recibe el vehículo del concesionario y su vigencia no puede estar supeditada a que el propietario o usuario lo retiren del taller o lo dejen ahí por el tiempo que les plazca".
De lado y lado
*Según el abogado, la garantía de fábrica es un verdadero contrato que genera derechos y obligaciones a cargo del productor y del consumidor, y este no debe tener la potestad de prolongar su vigencia a su conveniencia o mientras se le pasa el mal genio por haberse visto privado del goce del semoviente, mientras le corregían un defecto de fábrica.
*En estas cosas tiene que existir cierto equilibrio y así como el concesionario o la marca no pueden acortar el tiempo de vigencia de la garantía, tampoco el consumidor puede ampliarla artificialmente negándose a recoger el vehículo después de que le avisan que ya fue reparado en cumplimiento de la garantía.
*La Superintendencia de Industria y Comercio tiene la palabra para decir que después del aviso de que el vehículo está bien, el consumidor ya no está privado del mismo.
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