LA PATRIA | MANIZALES
Rafael Zapata Córdoba deberá pagar una condena de 29 años y 8 meses de prisión por un doble homicidio, consecuencia de una broma que se salió de control por un sombrero. El caso ocurrió hace dos años en Riosucio.
El Tribunal Superior de Manizales tumbó así el fallo absolutorio que dictó un juzgado de Anserma y que fue apelado por la Fiscalía. La última oportunidad para el hoy condenado sería el recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia.
En una vivienda de Tumbabarreto se llevaba a cabo una fiesta de amigos. En la madrugada del 21 de mayo le hicieron una broma a un adolescente, de 17 años, quien tenía puesto un sombrero.
Existe un dicho: “al jinete no se le toca el sombrero”, y eso fue lo que hicieron sus amigos para probar si aguantaba la broma. Sin embargo, el juego se volvió cada vez más pesado y pronto se tornó agresivo.
El adolescente y su amigo Edward Esteban Guapacha Gutiérrez, de 18 años, increparon al que lideraba la chanza y estuvieron a punto de irse a los golpes en la casa donde festejaban y consumían licor.
Zapata Córdoba, hermano del bromista, se salió de la fiesta y un rato después regresó. Para ese momento el conflicto ya se había traslado afuera de la vivienda y ocurrió el desenlace.
Volvió armado
El homicida llegó con un arma de fuego plateada y le disparó al adolescente en el rostro. Edward trató de huir, pero Zapata lo impactó por la espalda en dos ocasiones. Luego se volvió y baleó otras dos veces al menor de edad, que yacía en el piso.
De los hechos ocurridos en la fiesta dieron cuenta inicialmente cuatro jóvenes que hacían parte del grupo que consumía licor. Lo relataron en entrevistas dadas a la Policía Judicial y revelaron quién era el asesino.
Pasadas unas horas del hecho, el autor del doble homicidio se presentó ante las autoridades, reconoció los asesinatos, lo individualizaron y luego quedó en libertad, pues no se trataba de un caso de flagrancia.
Sin embargo, en el momento del juicio oral coincidieron en señalar que ya no recordaban, que estaban borrachos o que eso no fue lo que dijeron, pese a que habían firmado las respectivas declaraciones.
Con base en el testimonio en juicio oral, el Juzgado Penal del Circuito de Anserma, que asumió el conocimiento del caso por un impedimento del de Riosucio, absolvió a Zapata.
Ayer el Tribunal Superior de Manizales llamó la atención al juzgado que falló, al no haber tenido en cuenta en la valoración de las pruebas lo que ha dicho la Corte Suprema de Justicia sobre las retractaciones de testigos.
Para los magistrados tuvo mayor credibilidad lo que había en las entrevistas y no la repentina pérdida de memoria de los testigos, que recordaban todo lo que había pasado en la fiesta, excepto el momento de los disparos.
Por eso, además de cambiar el veredicto de absolución a condena, ordenó compulsar copias a la Fiscalía para que los investigue por falso testimonio en actuación judicial, delito que contempla una pena de seis a 12 años de cárcel.
Sin agravante
El Tribunal Superior señaló que la Fiscalía no argumentó en debida forma por qué el homicidio era agravado. De haberlo hecho se hubiera elevado la pena en otros 16 años. Finalmente la condena fue por homicidio simple en concurso heterogéneo y porte ilegal de armas de fuego.
Foto | Archivo | LA PATRIA
Edward Esteban Guapacha Gutiérrez, uno de los dos muertos.
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015