LA PATRIA | MANIZALES
Ocho integrantes de la banda de alias Chiqui, desarticulada en abril pasado, aceptaron su complicidad en el tráfico de estupefacientes. Se dedicaban a la venta en pequeñas dosis en Estrada, Cervantes, Sinaí y San Sebastián.
Siete llegaron a un preacuerdo con la Fiscalía y uno aceptó cargos luego de su captura. El viernes, ante el Juzgado Quinto Penal del Circuito, se llevó a cabo la audiencia de verificación y tendrán que pagar entre 16 y 32 meses de condena. Se les reconoció el estado de marginalidad, extrema pobreza e ignorancia.
Cinco permanecen en prisión y tres en domiciliaria. Sin embargo, todos esperan obtener el beneficio de casa por cárcel. Sostienen que son cabeza de hoga, sus padres padecen alguna enfermedad o su avanzada edad no les permite laborar.
La pena mínima para el tráfico de estupefacientes es de 64 meses y para obtener el beneficio del 50% de la rebaja se debe aceptar cargos en la primera audiencia. Sin embargo, ellos llegaron a un acuerdo posterior a esta diligencia y se les otorgó la misma concesión.
Se calcula que Chiqui llevaba 15 años liderando esta banda y que mensualmente se obtenían ganancias por $68 millones. Durante el operativo capturaron a 21 personas. Familiares del cabecilla manejaban las líneas de vicio en los barrios.
El 29 de octubre se decidirá si les otorgan el beneficio.
Otra oportunidad
Mario Hernán López, PhD en paz, conflicto y democracia, sostiene que personas como los ocho jíbaros encuentran en este negocio una oportunidad para generar ingresos para sus familias, debido a las condiciones sociales y económicas que viven. Algo similar a la situación de los productores de coca.
"Dado el hacinamiento en las cárceles y el problema sanitario que genera, el sistema jurídico debe buscar que estas situaciones sean excarcelables. Estos muchachos son al mismo tiempo personas sin oportunidad económicas y educativas serias para generar alternativas de vida. Si no son reincidentes deberían recibir la domiciliaria", concluye el experto.
El abogado Germán Sarasty explica que la domiciliaria como madre o padre de familia se desarrolla más que como un beneficio para la persona judicializada, como una herramienta para la protección de los derechos de los menores y de quienes no puedan valerse por sí mismos.
Aclara que la Ley 750 de 2002 instituyó esta figura. La Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia, en pro de salvaguardar los intereses y derechos de dichas personas, determinaron que los requisitos previstos en otras leyes buscan que esta jurisprudencia sea más favorables.
"Este instituto jurídico es garantista de los más fundamentales derechos de personas en estado de vulnerabilidad dependientes absolutos del judicializado, quien al cumplir con los compromisos no solo ayuda a salvaguardar los derechos de quienes de él dependen, sino que por medio del trabajo digno se reintegran adecuadamente al seno de la sociedad", añade Sarasty.
El beneficio, según la Corte Constitucional
*Que hijos propios, menores o mayores discapacitados estén bajo su cuidado, que vivan con él y dependan económicamente.
*Que no tengan alternativa económica, que su esposa este incapacitada física, mental o moralmente.
*Dice que la importancia de reconocer el derecho a la domiciliaria no es favorecer a un padre, sino proteger a quienes sean vulnerables.
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